lunes, 03 de diciembre de 2007
Por cancelación de contrato de reasfaltado de avenidas y calles en el estado Apure
Acuerdan citar a la Fiscalía General, al presidente de Invialpa y a la Procuradora General en juicio de nulidad
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            El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia acordó citar  al Fiscal General de la República, al Presidente del Instituto Autónomo de Vialidad, Transporte, Puertos y Aeropuertos del estado Apure (INVIALPA) y a la Procuradora General de la República, en el marco del proceso judicial relacionado con un recurso de nulidad interpuesto por Héctor Pérez Ruiz, Vicepresidente de la sociedad mercantil Constructora Interbolivariana S.A. Empresa Multinacional Andina (CONSTRUEMA S.A.), en contra del citado instituto autónomo.

            Se trata del acto administrativo contenido en la comunicación Nº 509, de fecha 24 de octubre de 2006 emanada de INVIALPA, en el cual notificó a la empresa accionante que por Resolución Nº LIII-2006, se resolvió, entre otros aspectos rescindir ""el Contrato Nº ADO-002-2006 de fecha 06/04/2006, para la ejecución de la Obra: , por un monto de tres mil novecientos sesenta y cinco millones trescientos noventa y seis mil quinientos sesenta y tres bolívares con dieciocho céntimos (Bs. 3.965.396.563,18); suscrito entre el Instituto Autónomo de Vialidad, Transporte, Puertos y Aeropuertos del Estado Apure (INVIALPA) y la Empresa

            Hay que recordar que la Sala Político- Administrativa en su oportunidad, declaró improcedente la acción de amparo cautelar propuesta, ordenando la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación; por ello, revisada como ha sido la causal de inadmisibilidad referida a la caducidad y como quiera que no se encuentra presente en esta solicitud, se acuerda de conformidad con lo dispuesto en el aparte once del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, citar a los ciudadanos Fiscal General de la República, Presidente del Instituto Autónomo de Vialidad, Transporte, Puertos y Aeropuertos del estado Apure (INVIALPA) y Procuradora General de la República, remitiéndoles copias certificadas de la solicitud, de la documentación acompañada a ésta, de las sentencias Nos 00837 y 01794 y de la presente decisión. 

            La citación de la Procuradora General de la República se practicará con arreglo a lo ordenado en el artículo 84 del Decreto con Fuerza  de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

            En consecuencia el Juzgado libró el cartel a que se refiere el aparte once del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en el tercer (3er.) día de despacho siguiente a aquél en que consten en autos las citaciones ordenadas.

            De conformidad con lo dispuesto en el aparte diez del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, el Juzgado, acordó solicitar al  Presidente del Instituto Autónomo de Vialidad, Transporte, Puertos y Aeropuertos del estado Apure (INVIALPA), el expediente administrativo relacionado con este juicio.

Fecha de Publicación:
  03/12/2007

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