jueves, 06 de marzo de 2008
Ignacio Goicoechea en el I Congreso de Derecho de Familia
Sustracción internacional de niños, niñas y adolescentes tema de interés para las autoridades venezolanas
Como se recordará actualmente y a los fines de optimizar el ejercicio y disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, se procedió a la reforma de la LOPNA, la cual fue remitida al Ejecutivo Nacional para su promulgación y publicación en Gaceta Oficial. En este marco legal, el tema de la sustracción internacional de niños, niñas y adolescentes, no ha escapado a la preocupación de las autoridades venezolanas



             En la sede del Tribunal Supremo de Justicia se está desarrollando el I Congreso de Derecho de Familia, con la participación de destacados expositores nacionales y extranjeros, entre ellos el Oficial Letrado de Enlace para América Latina de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, Ignacio Goicoechea, quien señaló que el organismo que representa espera seguir colaborando con las autoridades venezolanas interesadas en mejorar la aplicación de los Convenios.

            "Es importante mencionar que la Conferencia de La Haya destina hoy el 50 por ciento de su tiempo y recursos a los servicios post Convenio, porque creemos que no basta con aprobarlos y celebrar que tenemos un nuevo texto jurídico, sino que el Convenio realmente sirve si llega a la gente, si alcanza a los ciudadanos para los cuales fue creado. Por eso el Convenio no tiene que ser un tema de diplomáticos o académicos que escriben artículos sino una forma de solucionar problemas a las personas", señaló el conferencista argentino.

            Comentó que es necesario la difusión y apoyo a los operadores que ejecutan los Convenios. "Yo estoy aquí -dijo- para intercambiar información y hacer de puente entre el Trabajo de la Conferencia, los Convenios y la experiencia que ustedes tienen, en este caso, en relación con la sustracción de menores",

 

"QUE SE ENTIENDE POR "SUSTRACCIÓN INTERNACIONAL DE NIÑOS?

            El ponente internacional explicó que "las Convenciones de Restitución  definen de forma similar a la sustracción internacional de menores, la cual se configura cuando el niño es trasladado o retenido en el extranjero, en violación del derecho que ejercía la persona o institución que, de acuerdo al derecho de la residencia habitual del niño, debía autorizar o denegar dicho traslado o cambio de residencia".

            Cabe destacar que los Convenios de Restitución se limitan a los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, su objetivo no es sancionar a la persona que comete la infracción, sino restituir en forma inmediata al niño a su residencia habitual. Ello determina una diferencia significativa entre  lo que normalmente se entiende por "sustracción de un niño" respecto de lo que se entiende por "tráfico de menores", dado que esta ultima figura se asocia siempre con la comisión de un delito ya sea por los medios o por los propósitos utilizados. En los casos de tráfico de menores además de regresar al niño a su residencia habitual se agrega el objetivo de sancionar a los autores, lo cual puede incluir el pedido de extradición de éstos últimos.

            Por otra parte indicó que los casos más frecuentes de sustracción internacional de niños, tienen que ver con el traslado ilícito que se produce generalmente cuando alguno de los padres traslada al extranjero al niño sin el consentimiento del otro (sin permiso de viaje, o con permiso apócrifo).

            Igualmente la retención ilícita se produce cuando el niño sale del Estado dónde reside habitualmente con permiso de viaje, pero en lugar de regresar se lo retiene, en el lugar donde fue trasladado legalmente, forzando su cambio de residencia, contra la voluntad del padre que tenía derecho a autorizar o denegar dicho cambio.

            Se detectan distintas causas generadoras de sustracciones internacionales, pudiendo destacar las siguientes como más frecuentes: 1) La pareja formada por dos personas de distinta nacionalidad se separa, y alguno de ellos pretende regresar a su país de origen en busca de contención familiar, identidad cultural, o inclusive mejores condiciones laborales; 2) La pareja de la misma nacionalidad viaja al exterior en búsqueda de mejores condiciones de vida, y al cabo de un tiempo surgen desavenencias entre ambos (en muchos de los casos cuando uno de ellos no puede adaptarse al nuevo país), entonces  alguno de ellos decide regresar con el niño a su país de origen, en búsqueda de contención familiar, identidad cultural, o inclusive mejores condiciones laborales.

 

ASPECTOS SOCIOLÓGICOS

            Señaló el conferencista que en los últimos años se ha producido un incremento del secuestro internacional de menores  por uno de los padres,  y que dicha conducta descripta ha sido favorecida por distintos factores de carácter internacional, tales como:

a) El gran desarrollo del transporte y las comunicaciones internacionales, que han facilitado un intercambio de personas en el ámbito internacional; b) la facilidad con que hoy se cruzan las fronteras de los Estados, ya sea por la supresión de la utilización de visas mediante acuerdos bilaterales o multilaterales, así como también por la existencia de un menor control de los pasaportes en las fronteras, favorecido por la creación de zonas de integración económica, cuya finalidad es la de permitir la libre circulación de las personas físicas pertenecientes a los Estados que la componen; y c) asimismo podríamos destacar como un tercer factor las posibilidades de crecimiento o desarrollo que pueden adquirir las personas en otros Estados que tienen un nivel de vida mayor.

            "Estos factores han permitido la creación de la llamada "familia internacional", en la cual existe un elemento eminentemente internacional, ya sea por la nacionalidad de sus miembros, por el lugar de su residencia habitual, domicilio, etc. Ello hace necesario la aplicación de las normas de derecho internacional privado a fin que a través de éstas se solucionen problemas de esa naturaleza", concluyó.

 

CURRICULO DEL PONENTE

            Nacido en la República Argentina, Ignacio Goicoechea es abogado, egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, especialista en la temática de sustracción internacional de niños, materia sobre la cual ha escrito distintos artículos en publicaciones jurídicas y sobre la que dicta seminarios y talleres de capacitación. Desde abril de 2005 cumple la función de Oficial Letrado de Enlace para América Latina en la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado.

            El objetivo principal de sus funciones es el de facilitar la implementación y el funcionamiento de los Convenios de La Haya en América Latina y promover la participación de los países de la región en el trabajo de dicha Conferencia. Trabajó durante 12 años como abogado asesor en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina, en la Dirección de Asistencia Judicial Internacional.


Reportero gráfico: Daniel González


Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  06/03/2008

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