viernes, 25 de julio de 2008
Sala Político Administrativa dictó el fallo
Parcialmente con lugar demanda presentada contra una casa de estudios superiores
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En la presente demanda reclaman a la Unexpo una serie de pagos por concepto de ¿indemnización por los daños y perjuicios sufridos por obra del incumplimiento en su obligación de entregarle mensualmente un aporte patronal equivalente al monto aportado por el personal docente y de investigación asociado a Capunexpo-LCM



             En ponencia de su presidenta, la magistrada Evelyn Marrero Ortiz, la Sala Política Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró parcialmente con lugar la demanda, conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, interpuesta por la Asociación Civil Caja de Ahorro y Préstamo del Personal Docente y de Investigación de la Universidad Nacional Experimental Politécnica Antonio José de Sucre", Vice-Rectorado Luis Caballero Mejías, Capunexpo-lcm, contra dicha casa de estudios superiores, por cumplimiento de contrato e indemnización de daños y perjuicios.

 

            Como parte de esta decisión, en segundo lugar también se ordenó a la parte demandada pagar la Caja de Ahorro y Préstamo del Personal Docente y de Investigación de dicha institución, la cantidad de seiscientos noventa millones seiscientos setenta y cuatro mil setecientos siete bolívares con noventa y tres céntimos, (Bs. 690.674.707,93), expresados ahora en seiscientos noventa mil seiscientos setenta y cuatro bolívares con setenta y un céntimos (Bs. 690.674,71), por los conceptos aludidos en el presente fallo, correspondientes a los aportes dejados de efectuar por la Universidad y las retenciones no enteradas desde el 1º de enero de 1996 hasta el 31 de diciembre de 2003. "Los intereses moratorios sobre la suma indicada, de acuerdo a lo señalado en el punto Nº 2 de la parte motiva de esta decisión, para lo cual se solicita la colaboración al Banco Central de Venezuela, a fin de que efectúe el cálculo correspondiente".

 

            Asimismo, en tercer lugar se declaró procedente la solicitud de pago de "mayores daños" formulada por la parte actora, en los términos expresados en este fallo.

 

SOBRE LA DEMANDA

            Los abogados de la caja de Ahorros, antes identificada, alegaron en su demanda, entre otras cosas, que su representada es una asociación civil sin fines de lucro, cuyo objetivo principal es el otorgamiento de créditos al personal docente y de investigación adscrito a la referida Casa de Estudios, para lo cual cuenta con los aportes mensuales de los asociados que oscilan, entre un mínimo del cinco por ciento (5%)  hasta un máximo del diez por ciento (10%) de su sueldo básico mensual, que es descontado directamente de la nómina por la Universidad Nacional Experimental Politécnica "Antonio José De Sucre", Unexpo; y que dicha Asociación cuenta con el aporte mensual a cargo de la demandada, correspondiente a una cantidad igual a la que ahorre el profesor.

 

            Asimismo, entre otros alegatos indicaron que "la aludida obligación de la Casa de Estudios demandada con su personal docente y de investigación, deviene de lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley de Cajas de Ahorro y Fondos de Ahorro, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.611 de fecha 16 de enero de 2003" y que la Unexpo ha incumplido desde el mes de abril de 1996 hasta diciembre de 2003, con una serie de obligaciones, entre ellas, "el pago de los aportes patronales mensuales; el pago de las cantidades retenidas a los trabajadores y el pago de las cantidades descontadas de la nómina del personal docente y de investigación, por concepto de préstamos otorgados por la referida Caja de Ahorros para la contratación de las pólizas de seguro para vehículos, préstamos personales y préstamos especiales.

 

            En tal sentido, reclaman la cantidad de ochocientos cuarenta y tres millones cincuenta y nueve mil ciento setenta y tres bolívares con ochenta y un céntimos (Bs. 843.059.173,81), por concepto de "indemnización por los daños y perjuicios sufridos por obra del incumplimiento en su obligación de entregarle mensualmente un aporte patronal equivalente al monto aportado por el personal docente y de investigación asociado a Capunexpo-Lcm, así como por no entregar las retenciones descontadas por nómina a los asociados de la caja de ahorro" (sic). Igualmente, solicitan el pago de los "mayores daños" causados a su representada por el incumplimiento de las obligaciones asumidas por la Unexpo".

 

DECISIÓN DE LA SALA

            Tras efectuar la revisión del caso, la Sala indicó, entre otras serie de aspectos, que "en relación con el reclamo formulado por los apoderados judiciales de la parte actora, relacionado con el pago de los mayores daños presuntamente causados a su representada por el incumplimiento de las obligaciones asumidas por la demandada, calculados en función de los rendimientos que las cantidades adeudadas le hubieren producido a Capunexpo-Lcm de haber invertido tales sumas de dinero en un depósito a plazo en una institución bancaria de la República Bolivariana de Venezuela", estima esta Sala que dichos rendimientos constituyen hechos futuros e inciertos que no fueron probados durante el presente juicio".

           

            Dicho lo anterior y conforme a la Ley la Sala decidió finalmente declarar parcialmente con lugar la demanda por cumplimiento de contrato e indemnización de daños y perjuicios incoada.

 

 

 

Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  25/07/2008

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