viernes, 15 de agosto de 2008
Juzgado de la Sala Político Administrativa
Admiten pruebas promovidas por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial


El Juzgado también decidió notificar a la ciudadana procuradora General de la República, sobre el presente caso, que tiene que ver con la destitución de un juez del estado Falcón

  El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa del TSJ admitió las pruebas promovidas por el apoderado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, referente al recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano Luis Bautista Zambrano Roa contra el acto administrativo contenido en la decisión de fecha 02 de julio de 2007, dictado por dicha Comisión, y que tiene que ver con su destitución.

 

De acuerdo con el texto, en la decisión dictada por la Comisión, en la fecha ya indicada, se declaró, entre otros aspectos, parcialmente con lugar la acusación interpuesta por la Inspectoría General de Tribunales, a la cual se adhirió tanto el Ministerio Público como el denunciante. En consecuencia fueron dictados los siguientes pronunciamientos: "Destituye al identificado ciudadano del cargo de Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, así como de cualquier otro cargo que ostente dentro del Poder Judicial, por encontrarlo disciplinariamente responsable de la falta prevista en el numeral 16 del artículo 40 de la Ley de Carrera Judicial".

 

Igualmente indica el escrito que el Juzgado, siendo la oportunidad legal de su admisibilidad, pasa a decidir en los siguientes términos: Se admiten cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, las documentales indicadas en el Capítulo I del escrito de promoción de pruebas, el cual se contrae a reproducir el mérito favorable de los autos y del expediente administrativo; y, por cuanto dichos documentos cursan en autos, manténganse en el expediente".

 

Finalmente, visto el pronunciamiento anterior, el Juzgado ordenó notificar a la ciudadana Procuradora General de la República, a tenor de lo dispuesto en el artículo 84 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y decidió admitir las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial.  Asimismo se ordenó librar oficio y anexar copia certificada del escrito de promoción de pruebas de la presente decisión y así se declaró.

Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  15/08/2008

Pagina Web:
  

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