martes, 02 de diciembre de 2008
Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa
Admiten documentales del escrito de pruebas en solicitud de nulidad de una resolución de la CGR
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La Resolución N° 01-00-000073, de fecha 7 de abril de 2008, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.907, de fecha 10 de abril de 2008, dictada por el Contralor General de la República, ordenó ¿...al Concejo Municipal del Municipio Caroní, capital Ciudad Guayana del estado Bolívar, a revocar, de conformidad con el principio de autotutela administrativa, tanto el concurso público convocado para la designación del titular de la Contraloría Municipal del mencionado Municipio; así como la designación del ciudadano Simón Pablo Fitipaldi¿

            El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa, admitió en cuanto a lugar a derecho, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, las documentales del escrito de promoción de pruebas que se contraen a reproducir el mérito favorable de los autos; en el caso relacionado con un recurso de nulidad ejercido por la Contraloría del Municipio Caroní del estado Bolívar, contra una resolución emanada del Contralor General de la República.

 

            El Juzgado apreció que el escrito presentado por el abogado Rihto López Rondón, actuando con el carácter de apoderado de la Contraloría del Municipio Carona del estado Bolívar, promueve pruebas en la acción de nulidad que ejerciera dicha Contraloría contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en la Resolución N° 01-00-000073, de fecha 7 de abril de 2008, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.907, de fecha 10 de abril de 2008, dictada por el Contralor General de la República, en el cual, entre otros aspectos, ordenó "...al Concejo Municipal del Municipio Caroní, capital Ciudad Guayana del estado Bolívar, a revocar, de conformidad con el principio de autotutela administrativa, tanto el concurso público convocado para la designación del titular de la Contraloría Municipal del mencionado Municipio; así como la designación del ciudadano Simón Pablo Fitipaldi (")"

 

            Así mismo, se ordena en la mencionada resolución la convocatoria de un nuevo concurso para la designación del titular del órgano de control fiscal externo de esa Entidad"", así como contra el numeral 6 del artículo 14 del Reglamento Sobre los Concursos para la Designación de los Contralores Distritales y Municipales, y los Titulares de las Unidades de Auditoría Interna de los Órganos del Poder Público Nacional, Estadal, Distrital y Municipal y sus Entes Descentralizados, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.386 de fecha 23 de febrero de 2006, que sirve de fundamento al referido acto de efectos particulares; este Juzgado, siendo la oportunidad de su admisibilidad, pasa a decidir en los siguientes términos:

 

            En este particular, el Juzgado de Sustanciación decidió admitir cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, las documentales indicadas en los Capítulos "primero" y "segundo"  del escrito de promoción de pruebas, los cuales se contraen a reproducir el mérito favorable de los autos; y, por cuanto dichos documentos cursan en autos, se ordenó mantenerlos en el expediente.

 

            Observado lo anterior, el  Juzgado ordenó notificar a la  Procuradora General de la República, a tenor de lo dispuesto en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

 

Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  02/12/2008

Pagina Web:
  

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