martes, 20 de enero de 2009
En la Sala Político-Administrativa del TSJ
Se declara homologado el desistimiento contra resolución del Ministerio del Poder Popular para la Salud
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El abogado Álvaro Guerrero Hardy, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil recurrente, desistió ¿en forma definitiva de la presente demanda de anulación, incluyendo tanto el procedimiento como la acción judicial¿

           La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la ponencia de la magistrada y vicepresidenta de esta Sala,  Yolanda Jaimes Guerrero, declaró homologado el desistimiento formulado por la sociedad mercantil Aventis Pharma S.A. en razón del recurso de nulidad interpuesto en contra de la Resolución N° 081 del 13 de febrero de 2002, dictada por el Ministerio del Poder Popular para la Salud, en la cual se otorgó a Farma, S.A. y a Megat Pharmaceutical, S.A. la autorización de comercialización para los productos farmacéuticos Rinolast y Tirfen, respectivamente.

 

            Por medio de escrito presentado en fecha 13 de de agosto de 2002, los abogados Gustavo J. Reyna, José Faustino Flamarique, José Valentín González P., José Humberto Frías y Álvaro Guerrero Hardy, apoderados judiciales de la sociedad mercantil Aventis Pharma S.A. interpusieron  recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con acción de amparo constitucional y subsidiariamente solicitud de suspensión de efectos, contra la Resolución 081, en la que se autorizó a las sociedades mercantiles mencionadas, la comercialización de los productos farmacéuticos precitados.

 

            El 14 de agosto de 2002, se dio cuenta en Sala y se designó como ponente a la vicepresidenta magistrada Yolanda Jaimes Guerrero. Mediante escrito presentado el 9 de abril de 2003, las abogadas Margarita Escudero León, María Verónica Espina Molina y Ornella Bernabei Zaccaro, representantes judiciales de la empresa Megat Pharmaceutical, C.A., manifestaron su voluntad de hacerse parte en el presente juicio.

 

            En fecha 8 de julio de 2008, el Juzgado de Sustanciación admitió el recurso de nulidad interpuesto y en consecuencia ordenó citar  a las ciudadanas Fiscala General de la República y Procuradora General de la República y al ciudadano Ministro del Poder Popular para la Salud. Asimismo, acordó librar el cartel a que se refiere el aparte once del artículo 21 de la Ley Orgánica del TSJ.

 

            Practicadas las citaciones referidas, el 9 de octubre de 2008, el abogado Álvaro Guerrero Hardy, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil recurrente, desistió "en forma definitiva de la presente demanda de anulación, incluyendo tanto el procedimiento como la acción judicial".  

 

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

             

            De las normas antes transcritas, constató la Sala que el abogado Álvaro Guerrero Hardy, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil Aventis Pharma, S.A., manifestó expresamente su intención de desistir tanto del procedimiento como de la acción intentada contra la Resolución N° 081 del 13 de febrero de 2002, emanada del Ministerio del Poder Popular para la Salud mediante la cual se otorgó a Farma, S.A. y a Megat Pharmaceutical, S.A. la autorización de comercialización para los productos farmacéuticos  Rinolast y Tirfen, respectivamente.

 

            En este orden de ideas, visto que el desistimiento de la acción puede formularse en cualquier estado y grado del proceso, no existiendo razón alguna de orden público que se oponga o impida su tramitación, esta Sala, a tenor de lo pautado en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por remisión expresa del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, debe declarar homologado el desistimiento planteado en el presente recurso.

 

            Entonces por la razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, declaró homologado el desistimiento formulado por la representación judicial de la sociedad mercantil Aventis Pharma, S.A., respecto del recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido conjuntamente con acción de amparo constitucional y subsidiariamente solicitud de suspensión de efectos, contra el acto contenido en la Resolución 081, dictada en fecha 13  de febrero de 2002 por el Ministerio del Poder Popular para la Salud, mediante la cual se otorgó a Farma, S.A. y a Megat Pharmaceutical, S.A. la autorización de comercialización para los productos farmacéuticos Rinolast y Tirfen, respectivamente.

 

Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  20/01/2009

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