jueves, 22 de enero de 2009
Ponencia del magistrado Fernando Vegas Torrealba
Admitido recurso contencioso electoral relacionado con los comicios para Alcalde en un municipio del estado Táchira
Ver Sentencia

 

            La Sala Electoral, con ponencia del magistrado Fernando Vegas Torrealba, admitió el recurso contencioso electoral ejercido por Gerardo Luna Torrado, contra las ""Actas  de Escrutinio y como consecuencia la nulidad del Registro Electoral Permanente del 23 de noviembre 2008 y del acta totalización y proclamación Alcaldesa (sic) o Alcalde del Municipio Panamericano del Estado Táchira; para las elecciones celebradas el 23 de Noviembre del año 2008"".

 

            Sobre el presente caso, el pasado 08 de enero la Sala del Alto Tribunal recibió un oficio emanado del Juzgado Superior Primero en lo Civil Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió el referido recurso contencioso electoral ejercido el 12 de diciembre de 2008, por Gerardo Luna Torrado.

 

            Luego de asumir la competencia para conocer del recurso, la Sala Electoral se pronunció sobre su admisibilidad y al respecto señaló que de las actas que conforman el expediente no se evidencia que sea manifiestamente contraria a los requisitos de admisibilidad previstos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y en la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, por lo que se admitió el recurso contencioso electoral.

 

            Al pronunciarse sobre la medida cautelar solicitada por Gerardo Luna, la Sala del Alto Tribunal del país recordó que para la procedencia de las medidas cautelares el accionante tiene la carga de alegar de forma concurrente, tanto el fumus boni iuris como el periculum in mora, pero además de ello deberá probarlos, de manera que el Juez pueda convencerse de su existencia y, sólo así, acordar lo requerido con el fin de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva y la ejecución del fallo que con ocasión del fondo de la controversia se dicte.

 

            Observó la Sala que en el presente caso Gerardo Luna Torrado solicitó la suspensión de los efectos del Acta de Totalización y Proclamación del Alcalde del municipio Panamericano del estado Táchira y que se designe a un sustituto de forma provisional, para ejercer el cargo de Alcalde del mencionado municipio.

 

            En lo que respecta al periculum in mora, constató la Sala Electoral que el recurrente "nada alega sobre la ocurrencia de un daño posible, inminente y lesivo a sus derechos o de alguno de los electores, que derive de la aplicación del acto cuya suspensión se solicita, ni demuestra el riesgo de ilusoriedad de la sentencia que con ocasión del fondo de la controversia se dicte."

           

IMPROCEDENTE LA MEDIDA CAUTELAR SOLICITADA

            Basado en lo anterior la Sala consideró que en el presente caso no se configura el periculum in mora requerido para este tipo de tutela cautelar y visto que los supuestos de procedencia deben ser demostrados de manera concurrente, resulta inoficioso pronunciarse respecto al fumus boni iuris. "Por lo cual, esta Sala declara improcedente la medida cautelar solicitada."

 

Fecha de Publicación:
  22/01/2009

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