lunes, 11 de mayo de 2009
En ponencia del magistrado Eladio Aponte Aponte
Sala de Casación Penal declaró ha lugar solicitud de radicación presentada por el Ministerio Público
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La Sala del TSJ declaró ha lugar la solicitud una vez verificada la alarma, sensación y el escándalo público que generó la detención de ex Fiscales del Ministerio Público señalados de incurrir en supuestos delitos tipificados por la Ley Contra la Corrupción



           La Sala de Casación Penal, con ponencia de su presidente, magistrado Eladio Aponte Aponte, declaró ha lugar la pretensión de radicación propuesta  por la representación del Ministerio Público, por lo que se ordenó la remisión inmediata del expediente contentivo de la causa 4C-6270-09, al Presidente del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, a los fines de que proceda a su respectiva distribución, en el caso que tiene que ver con la detención de ex fiscales del Ministerio Público señalados de incurrir en supuestos delitos tipificados por la Ley Contra la Corrupción.

 

            Se trata de la pretensión de radicación interpuesta por Luis Abelardo Velásquez y Roberto Acosta Garrido, fiscales  quincuagésimo séptimo y trigésimo del Ministerio Público con Competencia Plena a Nivel Nacional, sobre la causa Nº 4C-6270-09,  que cursa ante el Tribunal Cuarto en Funciones de Control del Segundo Circuito Judicial Penal del estado Bolívar, en contra de Leopoldo María Blanco García, Olbert Aly Escobar Camico y Renée Boscán Urdaneta, por la presunta comisión de los delitos de  concusión, corrupción propia, asociación para delinquir, y suposición de validamiento.

 

            Alegó la representación del Ministerio Público que interpuso la solicitud de radicación, ya que el desarrollo del proceso en el Circuito Judicial Penal del estado Bolívar ha generado amplia cobertura mediática, alteración de la paz social, clamor y escándalo público suficiente para pretender la radicación de la juicio a  otro Circuito Judicial Penal fuera de la jurisdicción territorial que actualmente conoce del caso.

 

            La solicitud se sustentó además, en la condición de los imputados, quienes para el momento de los hechos ostentaban el cargo de Fiscales del Ministerio, actualmente señalados por la presunta comisión de delitos descritos en la Ley Contra la Corrupción,  lo que evidentemente ocasiona alarma y escándalo público en el entorno territorial del Circuito Judicial Penal del estado Bolívar, por cuanto tales ex funcionarios realizaron actividades inherentes al cargo que desempeñaban en la sede del propio Circuito Judicial Penal que hoy le corresponde su juzgamiento.

 

            Agregó el Ministerio Público para fundamentar la solicitud de radicación, que se ha incentivado una amplia cobertura periodística  en torno al caso, lo que ha contribuido que las condiciones descritas en el artículo 63 del Código Orgánico Procesal Penal (sensación y escándalo público), se mantengan vigentes en la región donde se lleva a cabo la causa.

 

            Precisó la Sala de Casación Penal en su dictamen que "en aras de garantizar a las partes las garantías y derechos inherentes al proceso velando por la incolumidad del mismo, y en atención a lo expuesto en el artículo 63 del Código Orgánico Procesal Penal, una vez verificada la alarma, sensación y el escándalo público que generó la detención de ex Fiscales del Ministerio Público señalados de incurrir en supuestos delitos tipificados por la Ley Contra la Corrupción, considera necesario ordenar la radicación de la presente causa, al Circuito Judicial Penal del Estado  Monagas,  a los fines de que se continúe con el desarrollo del proceso."

 

 

Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  11/05/2009

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