martes, 11 de agosto de 2009
En Sala Político Administrativa Accidental
Declarado decaimiento del objeto en demanda contra la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia
Ver Sentencia

La solicitud de suspensión de efectos formulada conjuntamente al recurso contencioso administrativo de nulidad es accesoria al recurso principal

           La Sala Político Administrativa del Máximo Juzgado, con la ponencia del Magistrado Hadel Mostafá Paolini, declaró el decaimiento del objeto de la solicitud de suspensión de efectos incoada conjuntamente con recurso contencioso de nulidad, por la abogada María Consuelo Carpio Aranguren, contra la Resolución S/N dictada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, el 13 de junio de 2007, con la que declaró sin lugar el recurso de reconsideración ejercido contra la decisión emanada de dicha Comisión el 26 de marzo de 2007, contenida en el oficio N° CJ-07-605, en la que se dejó sin efecto su designación en el cargo que venía desempeñando como Juez Temporal de Primera Instancia del Circuito Penal de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy.

 

            Corresponde a la Sala emitir pronunciamiento sobre la solicitud de suspensión de efectos formulada conjuntamente con recurso contencioso de nulidad por la abogada María Consuelo Carpio Aranguren, a lo cual, advierte la Sala; que en la decisión N° 1044 del 9 de julio de 2009 este Órgano Jurisdiccional declaró el desistimiento tácito del recurso contencioso administrativo de nulidad incoado por la prenombrada abogada contra la identificada Resolución de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, con fundamento en el aparte undécimo del artículo 21 de la Ley Orgánica del TSJ y en lo establecido en la sentencia de esta Sala Nº 5.481 de fecha 11 de agosto de 2005.

 

            Ello así, y tomando en consideración que la solicitud de suspensión de efectos formulada conjuntamente al recurso contencioso administrativo de nulidad es accesoria al recurso principal, esta debe Sala declarar el decaimiento del objeto del pedimento cautelar realizado por la recurrente.

 

DECISIÓN

            Por las consideraciones precedentemente expuestas, la Sala Político Administrativa Accidental del Tribunal Supremo de Justicia, declaró el decaimiento del objeto de la solicitud de suspensión de efectos realizada por la abogada Maía Consuelo Carpio Aranguren, actuando en su propio nombre, contra la Resolución S/N dictada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia el 13 de junio de 2007, que declaró sin lugar el recurso de reconsideración ejercido contra la decisión emanada de dicha Comisión el 26 de marzo de 2007, contenida en el oficio N° CJ-07-605, en la que se dejó sin efecto su designación en el cargo que venía desempeñando como Juez Temporal de Primera Instancia del Circuito Penal de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy.

 

Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  11/08/2009

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