martes, 20 de octubre de 2009
En caso de demanda contra SIDOR
Perecido recurso de casación ejercido contra el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar
Ver Sentencia

La Sala evidencia que la parte actora anunció su recurso de casación oportunamente, pero no formalizó el mismo



           Con ponencia del Vicepresidente de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, Magistrado Juan Rafael Perdomo, se declaró perecido el recurso de casación anunciado por los ciudadanos Israel Antonio Bracho y otros, contra una sentencia del Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, extensión Puerto Ordaz, el cual declaró sin lugar la demanda que dichos ciudadanos ejercieran contra la sociedad mercantil Siderúrgica del Orinoco , C.A. (SIDOR), en el juicio por cobro de beneficio de jubilación.

 

            En el presente caso, la Sala observó que según lo dispuesto en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, un recurso será declarado perecido cuando la formalización no se presente en el lapso a que se contrae este artículo o cuando el escrito no cumpla con los requisitos establecidos.

 

            De igual manera, este artículo establece que una vez admitido el recurso de casación comenzará a correr, desde el día siguiente al vencimiento de los 5 días que se dan para efectuar el anuncio, un lapso de 20 días consecutivos más el término de distancia, dentro del cual la parte o las partes recurrentes deberán consignar un escrito razonado, directamente ante la Sala de Casación Social del TSJ.

 

            Establecido lo anterior, la Sala evidencia que la parte actora anunció su recurso de casación oportunamente, pero no formalizó el mismo, siendo que el lapso de 20 días para la formalización del recurso de casación venció el 18 de septiembre de 2009, razón por la cual esta Sala, en aplicación de los artículos antes indicados, considera perecido el recurso interpuesto.

 

DECISIÓN

            Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declaró perecido el recurso de casación anunciado por la parte actora contra la sentencia dictada el 13 de julio de 2009 por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, extensión Puerto Ordaz.

Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  20/10/2009

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