miércoles, 21 de octubre de 2009
En Sala Político Administrativa Accidental
Extinguida la acción en demanda ejercida por la Inspectoría General de Tribunales
Ver Sentencia

           Con la ponencia de la Presidenta de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Accidental; Magistrada Evelyn Marrero Ortiz, se declaró extinguida la acción por pérdida de interés procesal, en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la Inspectoría General de Tribunales contra la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, la cual absolvió al ciudadano David José Pérez Perera, Juez Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de los cargos formulados por la referida Inspectoría en el procedimiento administrativo disciplinario instaurado en su contra.

 

            Luego del estudio hecho por la Sala de las actas que conforman la presente causa, se constató que en la misma se  dijo "Vistos" el 25 de septiembre de 2001  y que desde la última actuación de la parte recurrente en fecha 20 de junio de 2006, oportunidad en la cual solicitó se constituyese la Sala Político Administrativa Accidental y se dictase sentencia en el caso de autos, transcurrieron más de 3 años sin que durante ese período la parte actora realizare actuación alguna como impulso al juicio, lo que denota una absoluta inactividad procesal.  

 

            Esta Sala, por medio de la decisión N° 00745 del 2 de junio de 2009, publicada al día siguiente, ordenó la notificación de la parte accionante para que dentro del lapso de 30 días continuos siguientes a su notificación, manifestara su interés en continuar el procedimiento so pena de considerar extinguida la acción.

 

El 12 de agosto de 2009 se recibió el oficio N° 2116-09 de fecha 6 de agosto de 2009, suscrito por la Magistrada Yris Peña, actuando con el carácter de Inspectora General de Tribunales, en el cual señaló lo siguiente: ""participo que el órgano que presido ha perdido el interés en que se decida el recurso planteado contra el aludido juez, quien actualmente se encuentra jubilado"".

 

DECISIÓN

           Con fundamento en los razonamientos antes señalados, la Sala Político Administrativa Accidental del Tribunal Supremo de Justicia, declaró extinguida la acción en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la Inspectoría General de Tribunales, contra el acto administrativo de efectos particulares de fecha 28 de julio de 2000, dictado por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, en virtud de la pérdida sobrevenida del interés procesal.

Fecha de Publicación:
  21/10/2009

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