lunes, 26 de octubre de 2009
En demanda contra la República Bolivariana de Venezuela
Inadmisible recurso de control de la legalidad interpuesto contra dictamen del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo
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La sentencia recurrida no incurre en las violaciones que se le imputan, lo cual trae como efecto inmediato, la declaratoria de inadmisibilidad del presente recurso

             En ponencia del Presidente de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, magistrado Omar Mora Díaz, se declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por los ciudadanos Martín Durán y otros, contra un dictamen del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo que declaró sin lugar la apelación ejercida por la parte actora contra un fallo del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la misma circunscripción judicial, que declaró sin lugar el recurso de nulidad de transacción ejercido por los recurrentes contra la República Bolivariana de Venezuela.

 

            La parte recurrente fundamentó su demanda alegando la violación de la cosa juzgada y el principio de la irrenunciabilidad de los derechos laborales, así como también se delata, la infracción de la jurisprudencia de la Sala, según la cual se establece la prohibición de otorgarle validez a un acto del trabajador, en renuncia de sus derechos laborales, por ser indisponibles.

 

            De igual manera explicó que la Juez Segunda del Trabajo de la mencionada entidad territorial, señaló que "En razón de lo expuesto y de la revisión de las actas procesales, fueron ambas partes las cuales acordaron dar por terminado el proceso laboral y cumplir la sentencia definitivamente firme condenatoria sobre la cual había recaído el efecto de la cosa juzgada material que pudo haberse ejecutado sin necesidad de hacer uso de los medios de autocomposición procesal, en donde no se sacrificó la justicia por las formalidades no esenciales pero es evidente, que las partes hicieron uso de los medios de autocomposición procesal debidamente homologados por el juez de la causa, dando así por cumplida la sentencia y dándole valor de cosa juzgada al acuerdo entre ellas, por lo que produjo el efecto de cosa juzgado material entre las partes".

 

            Una vez analizado detalladamente el asunto planteado por la parte recurrente y la sentencia impugnada, esta Sala de Casación Social considera que la sentencia recurrida no incurre en las violaciones que se le imputan, lo cual trae como efecto inmediato, la declaratoria de inadmisibilidad del presente recurso de control de la legalidad interpuesto.

 

DECISIÓN

            Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra la decisión emitida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, de fecha 16 de marzo de 2009
Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  26/10/2009

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