miércoles, 09 de diciembre de 2009
Congreso 10° Aniversario de la Constitución
Misiones sociales han permitido la difusión del texto constitucional
La mesa de trabajo estuvo conformada por el Magistrado Juan Rafael Perdomo, vicepresidente de la Sala de Casación Social del TSJ, el Dr. Rubén Martínez Dalmau de España, Dr. Ramiro Ávila de Ecuador, el Dr. Pedro Salazar de México y la Dr. Flor Montell de Venezuela

             En la continuación del "Congreso 10° Aniversario de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela", que se lleva a cabo en la sede del Tribunal Supremo de Justicia, este martes se conformó una mesa de trabajo en la cual se discutió sobre un tema titulado "Más allá de la Constitución".

 

            Durante el desarrollo de esta mesa, el Dr. Rubén Martínez Dalmau, expuso el tema de la Institucionalidad y extra-institucionalidad en el sistema político constitucional: las misiones, en primer lugar, adujo que desde su punto de vista las misiones son extra-constitucionales, pero en ningún momento son inconstitucionales. El surgimiento de una nueva Constitución merece un proceso de adaptación y es por eso que nacen las misiones.

 

            "Las misiones se han mantenido extra-constitucionales, pero a su vez son las que han ayudado a que la Constitución sea más conocida por la colectividad y la sienta más cercana a ella, las mismas dan cumplimiento al mandato Constitucional, por lo cual desde el punto de vista material las misiones son constitucionales, porque los principios de justicia, de buscar una sociedad más justa e igualitaria "nos llevan a decir, que las misiones forman parte de este proyecto de país que plantea la Constitución de Venezuela", concluyó Martínes Dalmau.

 

            Por su parte, el Dr. Pedro Salazar, basó su intervención sobre el papel del Tribunal Supremo de Justicia en el desarrollo constitucional. Habló desde la perspectiva del rol de los Altos Juzgados en el constitucionalismo en general de los últimos años. Arguyó que la constitución otorga a estos tribunales dos facultades que son el control de la constitucionalidad sobre leyes, es decir, cuándo una ley es compatible o no con la Constitución y la resolución de conflictos entre los Poderes Públicos.

 

            La teoría establece que estos Juzgados son los custodios de la Constitución, su papel es proteger la Constitución, lo cual en Venezuela se establece en el artículo 334. Para concluir Salazar expresó que es la misma Constitución la que estipula hasta donde debe ser protegida por los Tribunales Supremos y hasta donde por el Poder Legislativo, el cual es el otro ente del Estado encargado de velar por el cumplimiento y por ende defensa del mandato constitucional.

 

            Seguidamente, el Dr. Ramiro Ávila, expuso el tema de la apertura constitucional al derecho internacional de los derechos humanos: logros y tareas pendientes. Expuso que existe la clausula abierta de los derechos humanos, la cual establece que los derechos no solo son aquellos que declaró el constituyente ni los que solo se desarrollan a nivel normativo sino que son aquellos que se derivan de la naturaleza humana, lo que demuestra que no es el legislador el único que define los derechos sino que también pueden ser los demandables.

 

            En cuanto al sistema de garantías, adujo que la Constitución Venezolana en su artículo 31, establece que los venezolanos tienen el derecho de acudir a un sistema supra estatal, "lo cual permite que la protección no sea sólo jurisdiccional y nacional, sino que además se puede comparecer ante órganos internacionales", concluyó Ávila.

 

            Para concluir, el Dr. Juan Rafael Perdomo, Vicepresidente de la Sala de Casación Social, habló acerca del tema de las misiones, la cuales señaló tienen por objeto cubrir las carencias en el área de la salud, educación y vivienda de la población más necesitada. Por lo cual las misiones tienen incidencia en los derechos humanos y han logrado grandes avances en el cumplimiento del mandato constitucional, acotó el Magistrado.

 

            Otro punto resaltado por el Magistrado Perdomo, es que las Salas del TSJ, se basan en los principios constitucionales para dictar sus sentencias, por lo que son estos principios constitucionales los que guían la jurisprudencia del Alto Tribunal.           


Reportero´s gráficos: Daniel González y Marcos Colina


Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  09/12/2009

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