jueves, 17 de diciembre de 2009
Coordinación entre entes públicos para contrarrestar problemas de inseguridad
Sala Plena del TSJ dicta resolución y designa jueces itinerantes en el marco del Plan Piloto de Seguridad del Ministerio Público
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La sede provisional para la constitución de los tribunales encabezados por los jueces itinerantes previstos en esta Resolución, quedará en el lugar que determine la coordinación que ejerzan el Tribunal Supremo de Justicia, el Ministerio del Poder Popular para el Interior y Justicia, así como el Ministerio Público



            La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de lo dispuesto en los artículos 267 y 269 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a los cuales le corresponde la dirección, el gobierno y la administración del Poder Judicial, dictó una resolución mediante la cual designa jueces itinerantes en el marco del plan propuesto por el Ministerio Público denominado "Plan Piloto de Seguridad", con el objeto de contrarrestar los problemas de inseguridad ciudadana, garantizando la eficacia del funcionamiento del Sistema de Justicia.

 

            Para dictar la resolución la Sala Plena observó que el Ministerio Público propuso el referido plan, al tiempo que consideró que la seguridad ciudadana es un tema social que debe ser atendido de manera urgente por parte de todos los Poderes del Estado, sin desmedro de las garantías fundamentales involucradas en la administración de justicia.

 

            En este sentido, la Sala Plena resolvió, en primer lugar que: "La Comisión Judicial incorporará inicialmente seis de los profesionales del Derecho designados como jueces itinerantes de Primera Instancia, en funciones de control y de juicio, para conocer y decidir los procedimientos que surjan con motivo de la implementación del "Plan Piloto de Seguridad", pudiendo asignar un número mayor de jueces itinerantes si la evaluación de los resultados lo requiere".

 

            En segundo lugar, que: "La sede provisional para la constitución de los tribunales encabezados por los jueces itinerantes previstos en esta Resolución, quedará  en el lugar que determine la coordinación que ejerzan el Tribunal Supremo de Justicia, el Ministerio del Poder Popular para el Interior y Justicia, así como el Ministerio Público"

 

            Tercero que: "La Dirección Ejecutiva de la Magistratura se encargará de asignar a los funcionarios y funcionarias judiciales temporales que deban prestar apoyo en el desempeño de las funciones de los jueces y juezas itinerantes".

 

            En cuarto lugar que: "Lo no previsto en la presente Resolución será resuelto por la Comisión Judicial, la cual informará a la Sala Plena; y quinto que la Resolución entrará en vigencia desde el momento de su aprobación. Se ordena la publicación pertinente en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia".

 

Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  17/12/2009

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