La Sala Constitucional acordó para el día martes 19 de enero de 2010 la convocatoria para crear una mesa de trabajo entre el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social, la Procuraduría General de la República, la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas, y los representantes judiciales de un grupo de trabajadores y trabajadoras despedidos por la mencionada Alcaldía entre el mes de diciembre de 2008 y el mes de julio de 2009, a fin de lograr la resolución de la presente causa.
De acuerdo con la Sala Constitucional del Alto Tribunal, la mesa de trabajo debe determinar el número y disponibilidad de cargos en la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas, el monto al cual asciende el pasivo laboral generado desde la desincorporación de los trabajadores, la disponibilidad presupuestaria de la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas y el listado de cuentas nómina aún activas en entidades bancarias, a nombre de los trabajadores objeto del presunto despido masivo.
Destaca la decisión de la Sala Constitucional, que en respeto al derecho a la igualdad de las partes intervinientes, ninguna de ellas puede atribuirse "la rectoría o la dirección de la mesa antes acordada, ya que ello implicaría un posición de jerarquía con respecto a los demás integrantes", es por ello que el director de la mesa de técnica trabajo será la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
La creación de la referida mesa de trabajo busca garantizar los mecanismos de conciliación establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y lograr la resolución de la presente causa en franco respeto de los derechos constitucionales de las partes involucradas en el proceso, así como los intereses de la ciudadanía que podrían ver mermados la prestación de los servicios prestados por la referida Alcaldía.
De esta manera, el Tribunal Supremo de Justicia responde a la acción judicial interpuesta por ante el Máximo Juzgado el 22 de julio de 2009, ante el incumplimiento de una Resolución Ministerial por parte de la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas. Se trata de la Resolución Nº 6.540 del 8 de julio de 2009, dictada por la Ministra del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social, María Cristina Iglesias, de restablecer a sus lugares de labores a los trabajadores y trabajadoras despedidos en el lapso comprendido entre el mes de diciembre de 2008 y el mes de julio de 2009, ambos inclusive".
Dicha Resolución Ministerial declara con lugar la solicitud de suspensión de despido masivo efectuada por los trabajadores y trabajadoras agraviadas y se ordena la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas, la reincorporación de los trabajadores y trabajadoras, con la cancelación de los salarios y demás beneficios que les correspondan y que hayan dejado de percibir desde el momento en que se realizó el despido hasta la fecha de su efectiva reincorporación", fundamentando su acción en los artículos 75, 87, 89, 91, 93 y 131 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.