El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, admitió las pruebas documentales y de exhibición promovidas por la sociedad mercantil Inversora Insecar, S.A., en la interposición de un recurso de nulidad interpuesto por dicha sociedad mercantil, en virtud del silencio administrativo producido en el ejercicio del recurso jerárquico incoado por la misma, contra el Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas.
Dicho recurso jerárquico se fundamentó en el acto administrativo FSS-2-2-000799-0002369 dictado por la Superintendencia de Seguros en fecha 28 de febrero de 2008" mediante el cual dispuso, entre otros aspectos, que ""se abstendrá de proceder al registro de renovación de su representada, hasta tanto se excluya del contrato en cuestión, el mandato otorgado por los asegurados que los faculta para terminar o resolver el contrato de seguros por insolvencia de aquél"".
Este Juzgado de Sustanciación admitió en cuanto a derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, las documentales indicadas en el Capítulo I del escrito de promoción de pruebas. De igual manera, admitió la exhibición solicitada en el Capítulo II del escrito de promoción de pruebas.
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 437 del Código de Procedimiento Civil, se ordena intimar a la Superintendencia de Seguros, la exhibición de la documentación indicada en el referido Capítulo, a las 11:00 a.m. del 5° día de despacho siguiente a aquél que conste en autos su intimación por boleta. |