martes, 12 de enero de 2010
Sala de Casación Social decidió
Inadmisible recurso de interpretación del artículo 2° de la Ley de Alimentación para los trabajadores
Ver Sentencia

            La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del magistrado y vicepresidente Juan Rafael Perdomo, declaró inadmisible el recurso de interpretación del artículo 2° de la Ley de Alimentación para los Trabajadores, presentado por el ciudadano Pablo Gerardo Barrios Asuaje en su carácter de Procurador General del Estado Yaracuy.

 

ÚNICO

            En el presente caso la Sala Social consideró oportuno establecer su competencia. En tal sentido, explicó que al interponerse un recurso de interpretación del artículo 2° de la Ley de Alimentación para los Trabajadores, "materia eminentemente laboral, no cabe duda que tal circunstancia reviste un carácter afín con las competencias atribuidas a la Sala de Casación Social, y como tal debe considerarse competente para conocer del presente recurso".

 

            Por otro lado y con respecto de la admisibilidad del recurso intentado, la Sala recordó la sentencia Nº 498 de 2005, la cual modificó los criterios en cuanto a las condiciones de admisibilidad del recurso de interpretación, entre ellos: "Que la Sala no se haya pronunciado con anterioridad sobre el punto requerido y, en tal caso, que no sea necesario modificar el criterio sostenido".

 

            Observó la Sala que la presente interpretación solicitada, ya ha sido hecha por esta Sala "en la sentencia SCS N° 0126 de 2009 en el recurso de interpretación interpuesto por la sociedad mercantil TICINO DE VENEZUELA, C.A., razón por la cual para preservar la uniformidad de la jurisprudencia y la integridad de la legislación, la Sala considera que es inadmisible el recurso de interpretación presentado".

Fecha de Publicación:
  12/01/2010

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