jueves, 14 de enero de 2010
Resolución de la Comisión Judicial
Tribunal Supremo de Justicia contribuye al Plan Nacional de Ahorro Eléctrico
Ver Sentencia

La medida queda establecida de conformidad con los artículos 26 y 49, cardinal 4 de la Constitución de la República

Todos los Juzgados de la República deberán tomar las debidas previsiones para que no sea suspendido el servicio público de administración de justicia por lo que ¿los jueces cualquiera que sea su competencia, continuarán los actos, juicios o audiencias que hayan iniciado dentro del horario acordado.¿

 

            De acuerdo al mandato constitucional y con el fin de velar por la no interrupción del servicio gratuito de Administración de Justicia, la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia magistrada Luisa Estella Morales Lamuño a través de la Comisión Judicial por medio de Resolución N° 2.010 " 001 resolvió implementar la restricción del horario laboral en el horario comprendido entre las 8:00 a.m. y la 1:00 p.m.

 

            Dicha medida se hace extensa para todos los funcionarios judiciales, ejecutivos, administrativos y obreros de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, Inspectoría General de Tribunales, Unidad Autónoma de la Defensa Pública, Escuela Nacional de la Magistratura, Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, Tribunales con competencia en lo Civil, Mercantil,  Tránsito,  de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Agrarios, Marítimos, Laborales, Contencioso Administrativos, Contencioso Tributarios, Penales Ordinarios, Responsabilidad Penal de Adolescentes y Juzgados con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de todo el territorio nacional de la República Bolivariana de Venezuela.

 

            Igualmente estableció  que todos los Juzgados de la República deberán tomar las debidas previsiones para que no sea suspendido el servicio público de administración de justicia por lo que "los jueces cualquiera que sea su competencia, continuarán los actos, juicios o audiencias que hayan iniciado dentro del horario acordado."

 

            Así mismo se determinó que "los Juzgados de Primera Instancia en función de control ordinario, de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes y con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de control, audiencias y medidas, continuarán con el sistema de guardias ordinarias para atender los procedimientos que sean de su competencia."

 

            De esta manera, se ordenó a los Directores, Gerentes y Jefes de Oficinas Administrativas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Inspectores e Inspectoras de la Inspectoría General de Tribunales, Directores de la Escuela Nacional de la Magistratura, Jueces o Juezas de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, Directores y Directoras de la Unidad Autónoma de la Defensa Pública, Defensores y Defensoras Públicos, Presidentes o Presidentas de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo,  Jueces Rectores y Juezas Rectoras, Presidentes y Presidentas de Circuitos Judiciales Penales, Presidentes y Presidentas de Circuitos Judiciales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Jueces Superiores y Presidentes o Presidentas de las Salas de Cortes de Apelaciones,  Jueces y Juezas de la República, velar por el estricto cumplimiento del mencionado acuerdo. Igualmente, se les exhorta a fomentar el uso racional y adecuado del servicio de energía eléctrica de todo el personal a su cargo.

 

            El texto de la resolución puede ser consultado en la página Web del Máximo Tribunal, en el siguiente link.

 

http://www.tsj.gov.ve/informacion/resoluciones/cj/resolucionCJ_0001067.html

Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  14/01/2010

Pagina Web:
  

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