martes, 16 de marzo de 2010
Dictamen de Juzgado de Sustanciación
Admiten acción interpuesta contra resolución dictada por el Ministerio del Poder Popular para las Finanzas
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            El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa admitió el recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana Nelly Torrealba contra la resolución N° f-2.039, del 05-05-08, dictada por el Ministerio del Poder Popular para las Finanzas, en la que se declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por mencionada ciudadana, contra la providencia administrativa N° 015 del 12 de septiembre de 2007, emitida por el Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria, Fogade.

 

            En esta decisión se ordenó citar a las ciudadanas Fiscal General de la República y a la Procuradora general de la República; así como al ciudadano Ministro del Poder Popular para Economía y Finanzas. Igualmente se ordenó librar cartel una vez que consten en autos las actuaciones ordenadas y se acordó solicitar el expediente administrativo.

 

            Los apoderados judiciales de la parte demandante ejercieron acción de nulidad contra el acto administrativo ya indicado, referente a la decisión en la que Fogade declaró inadmisible el recurso "por no cumplir con los extremos exigidos en el artículo 49 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, el Recurso de Reconsideración interpuesto por la recurrente contra la decisión de la Junta Directiva antes nombrada, de fecha 15 de noviembre de 2006, en la cual fue declarada la improcedencia del pago de las pensiones de jubilación de los ex trabajadores del Banco Ítalo Venezolano, C.A.".

 

            Dicho lo anterior, el Juzgado de Sustanciación procedió a la revisión de las causales de inadmisibilidad contenidas en el aparte quinto del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, y como quiera que no las encontró presentes en este asunto, admitió finalmente cuanto ha lugar en derecho la presente acción de nulidad.

 

Fecha de Publicación:
  16/03/2010

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