miércoles, 17 de marzo de 2010
Diputada Marelis Pérez Marcano
Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, una herramienta eficaz para el desarrollo de la Justicia de Género
Convocó a las mujeres representantes de los organismos encargados de velar por los derechos de las féminas, a conformar la Comisión que redacte el reglamento de la Ley Orgánica

Durante la apertura del II Taller de Formación por el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia "Para Consolidar la Justicia de Género", organizado por el Tribunal Supremo de Justicia, la Diputada Marelis Pérez Marcano, presidenta de la Comisión de Mujer, Familia y Juventud de la Asamblea Nacional (AN), expresó que la importancia de este evento radica en el compromiso de hacer que la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, sea una herramienta eficaz para el desarrollo de la Justicia de Género, "justicia reparadora de la igualdad y de la discriminación a la que han estado sometidas las mujeres durante siglos, por lo que viene a brindar las compensaciones a las mujeres y a establecer castigo a sus agresores".

 

"Esta Ley Orgánica nos llena de orgullo además porque viene a rescatar nuestra condición de ciudadanas plenas de derecho (") que participamos en el conjunto de la vida social e institucional del país", dijo.

 

En este sentido, aprovechó la oportunidad para convocar a las mujeres representantes de los organismos encargados de velar por los derechos de las féminas, a conformar una Comisión que redacte el reglamento de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, "que indudablemente le va a dar una enorme fortaleza para el desarrollo de todos los elementos que contiene esta importante Ley". 

 

Para la Diputada Marelis Pérez, las mujeres venezolanas encontraron un instrumento de reconocimiento y fortalecimiento de su lucha contra la violencia, "lo cual coloca a Venezuela y a sus mujeres en una posición de vanguardia y de avanzada (") e impulsa la lucha de otros movimientos de mujeres u otras iniciativas legislativas similares en el resto de América Latina".

 

Manifestó sentirse orgullosa de que con su aprobación, se haya creado la nueva institucionalidad de Justicia de Género en el Estado venezolano. "Ahora todos los Poderes Públicos cuentan con una institucionalidad y enfoque de equidad e igualdad de género".

 

Señaló que nuestro país cuenta con dos columnas vertebrales para masificar este proceso de lucha por la vigencia del derecho a las mujeres a una vida libre de violencia, como son la participación del pueblo organizado a través del movimiento de mujeres, y los siete organismos receptores de denuncias creados por la Ley en su artículo número 71, los cuales son: el Ministerio Público; los Juzgados de Paz; las prefecturas y jefaturas civiles; la División de Protección en materia de niño, niña, adolescente, mujer y familia del cuerpo de investigación con competencia en la materia; los Órganos de policía; las Unidades de comando fronterizas y los Tribunales de municipios en localidades donde no existan los órganos anteriormente nombrados.

Autor:
  Prensa TSJ

Fecha de Publicación:
  17/03/2010

Pagina Web:
  

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