miércoles, 14 de abril de 2010
Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa
Admiten pruebas promovidas por acto administrativo dictado por Ministerio de Ciencia y Tecnología
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Ordenaron notificar al respecto a la ciudadana Procuradora General de la República

            El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa admitió las pruebas promovidas por la sustituta de la ciudadana Procuradora General de las República, con relación al recurso de nulidad interpuesto por Jaime Requena, contra el acto administrativo N° 114, del 20-11-08, dictado por el Ministerio del Poder Popular para la Ciencia y Tecnología, hoy Ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias, mediante el cual declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto el 30 de julio de 2008, por el mencionado ciudadano, por beneficios laborales.

 

            Indica el texto del expediente que el acto administrativo N° P/566-2008 del 08 de julio de 2008, suscrito por el Presidente del Instituto de Estudios Avanzados, IDEA, mediante el cual se notifica de la decisión del Consejo Directivo de la Fundación en la Reunión N° 05-008 celebrada en la misma fecha, "niega la solicitud de pago de salarios caídos y beneficios laborales causados en el proceso de reincorporación al trabajo".

 

            Siendo la oportunidad para evaluar la admisibilidad del recurso, el Juzgado indicó que se admiten la documentales cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, los cuales se contraen a reproducir el mérito favorable de los autos y del expediente administrativo.

 

            En consecuencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, el Juzgado acordó oficiar a la Fundación Universidad Metropolitana y al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, a fin de que en un lapso de diez (10) días continuos contados a partir del recibo del correspondiente oficio informen y remitan sobre lo solicitado por la promovente.

 

            Finalmente, el Juzgado de Sustanciación ordenó notificar a la ciudadana Procuradora General de la República, a tenor de lo dispuesto en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

 

Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  14/04/2010

Pagina Web:
  

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