lunes, 26 de julio de 2010
Dictamen de la Sala Constitucional
Se acordó remitir al Juzgado de Sustanciación expediente sobre recurso interpuesto por un Diputado a la AN
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La Sala Constitucional, en ponencia de su presidenta, magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, acordó remitir al Juzgado de Sustanciación el expediente sobre el recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por el abogado Atilio Agelviz Alarcón y el diputado a la Asamblea Nacional, Juan José Molina, contra la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.963 Extraordinario del 22 de febrero de 2010.

           

Recordó la Sala Constitucional del Alto Tribunal que con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y tomando en consideración el criterio establecido por la Sala para tramitar las acciones o recursos ante el TSJ, determinó que le compete a ella únicamente -y de manera excepcional- la admisión de aquellas demandas de nulidad por inconstitucionalidad en las cuales se interponga, además, alguna o varias solicitudes cautelares, mientras que será el Juzgado de Sustanciación el que habrá de admitir, de conformidad con el quinto aparte del artículo 19 de la mencionada Ley Orgánica, aquellas demandas en las que no se planteen pretensiones cautelares o no ameriten pronunciamientos previos.

           

En base a lo anterior, indica el dictamen que "no siendo competencia de la Sala el pronunciamiento acerca de su admisión, al evidenciarse que en este caso no se solicitó pronunciamiento previo o medida cautelar alguna, se acuerda la remisión del presente expediente al Juzgado de Sustanciación para que decida acerca de la admisibilidad de esta demanda de nulidad por inconstitucionalidad, con estricta sujeción al artículo 19, párrafo 6 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia."

 

Fecha de Publicación:
  26/07/2010

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