viernes, 03 de septiembre de 2010
Sala Social del TSJ
Inadmisible recurso contra sentencia del Juzgado Sexto Superior del Trabajo de Caracas
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          La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, en ponencia de su presidente, magistrado Omar Mora Díaz, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil Banco Industrial de Venezuela, C.A, contra la decisión proferida por el Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 1° de junio de 2010.

 

          El juicio viene dado por una demanda ejercida por la representación judicial de Ana Márquez contra el mencionado banco por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, declarado con lugar por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 5 de marzo de 2010.

 

          No obstante, el Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conociendo del recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada (Banco Industrial de Venezuela), dictó un auto de fecha 1° de junio 2010, mediante el cual declaró que "se ordena la suspensión de la presente causa durante el lapso de intervención de dicho Instituto".

 

          Mientras la parte demandada, contra el auto de fecha 1° de junio 2010, interpuso recurso de control de la legalidad, siendo remitido el expediente a esta Sala de Casación Social del TSJ.

 

          En el caso, la Sala observa, que el auto impugnado mediante el recurso de control de la legalidad, es de mero trámite proferido por el Juez de Segunda Instancia en la oportunidad de la celebración de la audiencia del recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada contra la decisión de primera instancia, auto mediante el cual se ordenó la suspensión de la presente causa durante el lapso que dure la intervención del Banco de Industrial de Venezuela, C.A.

 

          Asimismo la Sala de Casación Social del TSJ señaló, que el recurso de control de la legalidad resulta inadmisible puesto que tratándose de un auto de mero trámite, observa la Sala que éste no pone fin al juicio, ni causa un daño irreparable, lo cual implica la ausencia del presupuesto objetivo indispensable para su admisión.

Fecha de Publicación:
  03/09/2010

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