lunes, 13 de septiembre de 2010
Sala de Casación Social decidió
Inadmisible recurso de control de la legalidad interpuesto contra sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Caracas
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Se trata de un juicio por cobro de prestaciones sociales contra el Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (Ipostel)

           La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia de la magistrada Carmen Elvigia Porras de Roa, declaró inadmisible un recurso de control de la legalidad, interpuesto contra la sentencia publicada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

 

            Se trata de un juicio por cobro de prestaciones sociales, que siguen los ciudadanos Ramón Salas y José Cristancho, contra el Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (Ipostel), en el que el referido Juzgado, mediante decisión de fecha 10 de mayo de 2010, declaró, parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por la actora, parcialmente con lugar el recurso de apelación de la parte demandada, parcialmente con lugar la demanda interpuesta por Ramón Salas, sin lugar la demanda incoada por José Cristancho, y revocó la sentencia proferida por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la referida Circunscripción Judicial, que declaró parcialmente con lugar la demanda.

 

            Contra esa decisión, el demandante interpuso recurso de control de la legalidad,  previsto en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

 

ÚNICO

            La Sala de Casación Social pasó a pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso, no sin antes recordar que de conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, "es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía del Control de la Legalidad aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación violenten o amenacen con violentar las normas de estricto orden público".

 

            En el presente caso, el recurrente manifestó que la Alzada incurrió en un error de interpretación de la Cláusula Décima Cuarta de la Convención Colectiva de Ipostel, y denunció la violación del artículo 59 de la Ley Orgánica del Trabajo y la disposición establecida en el numeral 3 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que expresan que "al momento de existir dudas en la aplicación de varias normas o en la interpretación de una norma, se aplicará la más favorable para el trabajador".

 

            Después de un examen exhaustivo de los argumentos expuestos, consideró la Sala que la decisión recurrida, "se encuentra ajustada a derecho", en consecuencia, consideraron como "innecesario desplegar la actividad jurisdiccional de la Sala para ejercer el control de la legalidad de la sentencia impugnada", por lo que decidieron declarar inadmisible el presente recurso.

 

Autor:
  PRENSA/TSJ

Fecha de Publicación:
  13/09/2010

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