jueves, 02 de diciembre de 2010
Sala Político Administrativa decidió
Decretan ejecución voluntaria de sentencia contra la República Bolivariana de Venezuela
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           La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia de la magistrada presidenta Evelyn Marrero Ortíz, decretó la ejecución voluntaria de la sentencia del 12 de diciembre de 1985, dictada con ocasión del juicio seguido por la sucesión de José Colmenares Vivas, contra la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Ministerio del Poder Popular para las Finanzas.

 

            En consecuencia, ordenó notificar a la Procuraduría General de la República para que informe dentro del lapso de sesenta días siguientes a su notificación, sobre la forma y oportunidad de ejecución de la mencionada sentencia.

 

            En 1985, la antigua Corte Suprema de Justicia, declaró parcialmente con lugar el recurso interpuesto por Colmenares Vivas (hoy fallecido), contra la decisión dictada el 24 de mayo de ese último año, por la comisión investigadora prevista en la Ley contra el Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos, mediante la cual se declaró al accionante "incurso en enriquecimiento ilícito" por la cantidad de Bs. 688,20, que posteriormente fue reducida a Bs. 536.54.

 

            El 26 de marzo de 2008, mediante sentencia la Sala ordenó oficiar al Banco Central de Venezuela para que efectuase la actualización monetaria de esa última cantidad, "sobre la base del promedio de la tasa pasiva anual de los 6 primeros bancos comerciales del país, desde el 2 de junio de 1994 hasta la fecha de publicación de esa decisión: 27 de marzo de 2008", la cual resultó en una condenatoria contra el Estado por Bs. 7.553,32.

 

            Es así como la Sala observó que "lo procedente en esta fase del proceso no es declarar la ejecución forzosa del fallo definitivo sino ordenar su ejecución voluntaria", según disponen los artículos 87 y 88 de la Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, los cuales establecen el procedimiento de ejecución de los fallos en los que haya sido condenada la República Bolivariana de Venezuela.

 

            En tal sentido, la Sala ordenó notificar a la Procuradora General de la República, "a fin de que informe a esta Sala sobre la forma y oportunidad de ejecución de lo ordenado", y así lo declaró.

 

Fecha de Publicación:
  02/12/2010

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