La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del magistrado presidente Eladio Ramón Aponte Aponte, se avocó por oficio al conocimiento de la causa seguida a los ciudadanos Luis Enrique Pulido López, Mercedes Vileyka Betancourt Pacheco y Ronald José Flores, por la presunta comisión de los delitos tipificados en los artículos 53 y 139 de la Ley Contra la Corrupción y la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, respectivamente.
En consecuencia se anuló el auto dictado el 2 de diciembre de 2010, por el Tribunal Décimo Sexto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, y todos los actos procesales posteriores a éste. En consecuencia, se ordena reponer la causa al estado de que un Tribunal de Control distinto al que conoció, cumpla con los lapsos recursivos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, para su posterior remisión a un Tribunal de Juicio distinto al que conoció, asegurándole a las partes todos sus derechos y garantías constitucionales.
Igualmente se ordenó remitir el expediente a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para que realice la respectiva distribución, y el Tribunal de Control que le corresponda la presente causa, y se cumpla con lo ordenado, dándole continuidad al proceso.
Antecedentes
Los hechos investigados por el Ministerio Público, que dieron origen a la presente causa indican que: ""La presente investigación se originó en virtud de la denuncia realizada en fecha 21 de mayo del presente año por el ciudadano Carlos Aranguren Gerente de Patio de la empresa Centro de Almacenes Congelados, C.A., (CEALCO), ante el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN), donde denunciaba el hurto de tres (03) contenedores (") en el Almacén de Cealco ubicado en la Zona Industrial La Belisa, Puerto Cabello, estado Carabobo.
(") En fecha 25 de mayo de 2010, los funcionarios Comisario Eddy Briceño, Sub Comisarios Miguel Morales, José Martínez, Wilmer Nieves, Víctor Pinto (") adscritos al Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) " Puerto Cabello, en compañía del Fiscal Noveno del estado Carabobo Abogado Armando Galindo (") lograron verificar la existencia de mil ciento noventa y seis (1.196) contenedores en los cuales se encontraban alimentos de diferentes rubros pertenecientes a la cesta básica (arroz, azúcar, leche, aceite, etc), pertenecientes a Empresa Estadal Productora y Distribuidora Venezolana de Alimentos, S.A., (PDVAL).
"En fecha 27 de mayo de 2010 (") procedieron (") a constituirse en comisión en la sede del Centro de Almacenes Congelados, C.A., (CEALCO), filial de Productora y Distribuidora Venezolana de Alimentos, S.A., (PDVAL), instalaciones de la Empresa de Servicios Papeleros, C.A., (SERPACA), ubicado (") Municipio Puerto Cabello del estado Carabobo, a los fines de realizar inspección ocular. En ese sentido, se seleccionó de manera aleatoria la apertura de doce (12) contenedores de diferentes rubros que se encontraban (") patio de la empresa CEALCO (") arrojó como resultado que en su mayoría los alimentos almacenados (") se encontraban vencidos, otros se encontraban presuntamente en avanzado estado de descomposición.
"En este sentido, motivado a la conducta negligente de los imputados Luis Enrique Pulido López, Ronald José Flores Burguillo y Mercedes Vileyka Betancourt Pacheco, en su condición de Presidente, Gerente General y Directora Encargada de Operaciones de la empresa Productora y Distribuidora de Alimentos , S.A. (PDVAL), respectivamente, los productos alimenticios (") encontrados en los contenedores (") fueron declarados como no aptos para el consumo humano, en virtud del deterioro y daño causado a estos, originados por la falta de distribución, colocación y comercialización (") tanto por haber expirado su fecha de vigencia, así como de presentar signos de descomposición, afectando con ello no sólo la seguridad alimentaría de la población sino además el patrimonio público producto de la perdida de los bienes adquiridos por la empresa a cargo de los mencionados imputados"" |