miércoles, 19 de enero de 2011
Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa
Admiten acción de nulidad interpuesta por la Asociación Civil Benéfico-Docente San Agustín
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El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa, admitió la acción de nulidad interpuesto por la Asociación Civil Benéfico-Docente "San Agustín", en virtud del silencio administrativo producido en el ejercicio del recurso jerárquico interpuesto ante el ciudadano Ministro del Poder Popular para el Comercio.

El Juzgado, luego de revisar las causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, no encontró impedimentos para admitir la demanda incoada.

En consecuencia, ordenó notificar a las ciudadanas Fiscal General de la República y Procuradora General de la República, y al ciudadano Ministro del Poder Popular para el Comercio, remitiéndoles copias certificadas de la solicitud y la documentación respectiva. 

El recurso jerárquico fue interpuesto contra el acto administrativo, dictado por el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis), mediante el cual decidió sancionar  a la Unidad Educativa San Agustín de El Márquez -en su carácter de propietaria del establecimiento comercial de su misma denominación- con multa de un mil unidades tributarias, equivalente a la cantidad de 46 mil bolívares.

 

 

Fecha de Publicación:
  19/01/2011

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