martes, 01 de febrero de 2011
Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa
Admitida acción de nulidad interpuesta por jueza destituida del cargo
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El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa admitió la acción de nulidad interpuesta por Elba Dolores Urosa Requena, contra el acto administrativo contenido en la decisión del 2 de diciembre de 2010, emanada de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial.

 

El acto impugnado declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto por Elba Urosa Requena, y confirmó la decisión dictada por la referida instancia disciplinaria el 27 de octubre de 2010, mediante la cual se le aplicó la sanción de destitución del cargo de Jueza de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, y de cualquier otro que ostente en el Poder Judicial, por haber incurrido en las faltas disciplinarias previstas en los numerales 11 y 13 del artículo 40 de la Ley de Carrera Judicial.

 

Luego de revisar las causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y no encontrarlas presentes en este caso, fue admitida la acción de nulidad.

 

En vista de la admisión se ordenó notificar a la Fiscal General de la República, la Procuradora General de la República y a la Presidenta de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, remitiéndoles copias certificadas de la solicitud, de la documentación acompañada a ésta y de la presente decisión.

 

Indicó el Juzgado de Sustanciación que una vez que consten en autos las notificaciones ordenadas se remitirá a la Sala Político Administrativa el expediente del caso para que se fije la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Fecha de Publicación:
  01/02/2011

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