La Sala de Casación Social en ponencia de su vicepresidente, magistrado Juan Rafael Perdomo, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por Juan Ernesto Torres Quintana contra una sentencia dictada por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
Se trata de un juicio de cobro diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales seguido por Juan Torres Quintana, contra la sociedad mercantil C.A. Cervecería Regional, en el que el que el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, el 9 de agosto de 2010, declaró parcialmente con lugar la demanda.
Posteriormente el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, al conocer del recurso de apelación interpuesto por la cervecería demandada, el 25 de octubre de 2010 declaró con lugar el recurso de apelación, sin lugar la demanda y revocó la sentencia apelada.
Contra la decisión del referido Juzgado Superior del Trabajo, Juan Ernesto Torres Quintana interpuso recurso de control de la legalidad, al alegar que el dictamen impugnado violó normas de orden público, concretamente, los artículos 1º y 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Sin embargo el TSJ indicó que la sentencia del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia "no incurrió en violación de las normas denunciadas, que en definitiva transgredirían el Estado de Derecho, toda vez que la Juez de alzada consideró que existían elementos suficientes para determinar la procedencia o no de las diferencias reclamadas, en el libelo de demanda, cuya cuantificación pudo determinar con base en las pruebas documentales consignadas, en autos, por las partes."
En vista de lo señalado, la Sala de Casación Social declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por Juan Ernesto Torres Quintana contra la sentencia del mencionado Juzgado Superior del Trabajo del estado Zulia. |