viernes, 18 de febrero de 2011
Sala Electoral decidió
Improcedente una solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos
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La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del magistrado Juan José Núñez Calderón, declaró improcedente la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, hecha por Leonardo Rosillo Acosta, contra la convocatoria efectuada por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Potencia, publicada en el diario Últimas Noticias el 26 de enero de 2011.

 

El mencionado ciudadano, en su condición de tercero adhesivo en la causa de autos,  solicitó la medida cautelar, aludiendo que la nueva convocatoria "se realizó de manera fraudulenta y arbitraria, por cuanto la Presidenta no ha convocado previamente a los demás integrantes para su instalación (") siendo omitida la notificación de nueve (9) asociaciones afiliadas a la Federación".

 

En este caso, la Sala Electoral advirtió que la convocatoria cuya suspensión se solicita, fue efectuada por dicha Comisión Electoral como consecuencia de la "repetición del proceso electoral que fue ordenada por la Sala mediante su decisión N° 177 del 14 de diciembre de 2009, sin embargo, dicho proceso electoral y cada una de sus fases (entre ellas la convocatoria para las votaciones), así como las denuncias que al respecto plantea, constituyen nuevas actuaciones y situaciones que no fueron objeto del debate judicial contenido en autos".

 

En tal sentido, la Sala consideró que los motivos alegados por el demandante "constituyen una innovación respecto a los alegatos que fueron analizados en la causa y que fueron resueltos mediante la referida decisión, de allí que no sea la fase de ejecución en que se encuentra la causa de autos, la oportunidad procesal idónea para que tenga lugar su análisis por parte de esta Sala, pues ello sólo sería pertinente mediante un recurso contencioso electoral autónomo".

 

De tal manera que la Sala debió declarar improcedente la medida de suspensión de efectos solicitada.

 

Fecha de Publicación:
  18/02/2011

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