jueves, 24 de febrero de 2011
Por homicidio calificado
TSJ declaró sin lugar recurso interpuesto por defensa de un condenado a prisión
Ver Sentencia

La Sala de Casación Penal en ponencia de su vicepresidenta, magistrada Deyanira Nieves Bastidas, declaró sin lugar recurso interpuesto por la defensa privada del ciudadano acusado Yusmil José Marchán Suárez.

En el presente caso, el 06 de abril de 2010, el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Lara, condenó a Yusmil Marchán Suárez a 16 años y 6 meses de prisión por la comisión de los delitos de homicidio calificado y porte ilícito de arma de fuego, tipificados en los artículos 406 numeral 1 y 277 del Código Penal.

Asimismo, el mencionado Juzgado lo absolvió del delito de uso de adolescente para delinquir, tipificado en el artículo 264 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes.

Contra la decisión del Juzgado de Juicio la defensa del acusado ejerció el recurso de apelación, el cual fue declarado sin lugar por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara.

Posteriormente, la defensa de Yusmil Marchán presentó recurso de casación contra la sentencia de la Corte de Apelaciones, al alegar que incurrió en falta de aplicación de los artículos 173 y 364 numeral 4, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.

Consideró la Sala de Casación Penal que la sentencia impugnada cumplió con la doctrina relacionada a la motivación de las sentencias, por lo que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 467 del Código Orgánico Procesal Penal, declaró sin lugar la única denuncia del recurso de casación propuesto por la defensa de Yusmil Marchán.

Fecha de Publicación:
  24/02/2011

Pagina Web:
  

Correo Electrónico
  

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)