jueves, 31 de marzo de 2011
Dictaminó la Sala Político Administrativa
Sin lugar recurso interpuesto por Provea contra el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela
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La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en ponencia del magistrado Emiro García Rosas, declaró sin lugar un recurso por abstención o carencia interpuesto por la Asociación Civil Programa Venezolano de Educación Acción en Derechos Humanos (Provea), contra el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela.  

 

En el presente caso, alegó Provea, que el 13 de agosto de 2008 envió una comunicación al Primer Mandatario en la que solicitó información sobre varios aspectos (relacionados con los cambios de Ministros en el despacho de Vivienda y Hábitat), pero que hasta la fecha de presentación del recurso no ha obtenido respuesta alguna, lo que vulneraría su derecho de petición.

 

Recordó la Sala del Alto Tribunal en su sentencia que según establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Presidente de la República es el Jefe  del Estado y del Ejecutivo Nacional, por lo que le corresponde dirigir la acción del Gobierno.

 

"Éste tiene asignadas, entre otras atribuciones, la de nombrar y remover el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, y a los Ministros o Ministras, dicha competencia  será ejercida por el Presidente de la República solo, es decir, no la ejerce en Consejo de Ministros, ni requiere para su validez estar refrendado por Ministro alguno", señala la sentencia. 

 

Agrega el dictamen del TSJ que el Jefe del Estado puede y debe hacer las designaciones que  considere necesarias en su gabinete ministerial, en aras de cumplir los objetivos y metas propuestos en su gestión, actividad que en todo caso siempre deberá atender a los principios de razonabilidad, idoneidad, necesidad, eficacia y proporcionalidad.

 

La sentencia del Máximo Juzgado señala que los cambios efectuados en la máxima jefatura del Ministerio del Poder Popular de Vivienda y Hábitat, "lejos de perseguir retrasar la actividad desplegada por ese despacho, ha buscado optimizar la política integral del Estado en materia de vivienda y hábitat, tratando de encontrar titulares cada vez más idóneos para el cargo y aplicando -cuando ha sido necesario- los correctivos correspondientes."

 

Concluye la sentencia de la Sala Político Administrativa que la redacción de la comunicación del 13 de agosto de 2008 denota que más que perseguir la obtención de una información, Provea pretende cuestionar las políticas del gobierno, "cuestión que no se puede dilucidar a través de esta especial acción contencioso administrativa por lo que esta Sala estima que en el presente caso, no puede prosperar el recurso por abstención o carencia presentado."

Fecha de Publicación:
  31/03/2011

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