martes, 05 de abril de 2011
Caso relacionado con demanda por prestaciones laborales
Declaran sin lugar recurso contra una sentencia de Juzgado Superior del estado Anzoátegui
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El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social y ponencia del magistrado Juan Rafael Perdomo, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Enrique Vallenilla contra una sentencia dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui.

            Este juzgado declaró parcialmente con lugar la apelación presentada contra la sentencia del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, que igualmente declaró parcialmente con lugar la demanda presentada por los representantes legales de Vallenilla contra la sociedad mercantil Secretaría de Puertos del Gobierno del Estado Anzoátegui C.A., relacionada con el cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales.

            Contra la decisión del Juzgado Superior el demandante anunció y formalizó recurso de casación, pero no hubo contestación. Una vez reasignada la ponencia, y celebrada la audiencia oral, pública y contradictoria, la Sala procedió a emitir sentencia.

            Observó la Sala que si bien el demandante denunció un error de interpretación de las cláusulas 2° y 4° del Contrato Colectivo de Trabajo suscrito entre Puertos de Anzoátegui, S.A. y el Sindicato Único de Trabajadores de Puertos de Anzoátegui, éste no le es aplicable pues se pudo constatar que Vallenilla efectivamente se desempeñó en labores de vigilancia en el Mercado Portuario de Guanta, instancia que firmó un contrato de comodato con Puertos de Anzoátegui S.A. para el uso de las instalaciones, de lo que se concluye que el demandante no prestó servicios para la demandada sino para los comodatarios.

            También declaró improcedente la denuncia del demandante respecto a la presunta infracción por error de interpretación del artículo 156 de la Ley Orgánica del Trabajo, que le permitiría el cobro del recargo del 30% en el salario de la jornada nocturna.

            Por estas razones, fue declarado sin lugar el recurso de casación interpuesto por Enrique Vallenilla contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui.

Fecha de Publicación:
  05/04/2011

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