jueves, 07 de abril de 2011
Sentenció el Tribunal Supremo de Justicia
Firme sanción contra ex funcionaria de la Gobernación del estado Aragua
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Quedó firme un acto administrativo dictado por la Contraloría General de la República que declaró la responsabilidad administrativa de Lucina Coromoto Armas Bolívar, en su condición de Secretaria de Estado Directora de Contraloría Interna de la Gobernación del estado Aragua, y le impuso multa por 1.243,20 Bs.; así lo dictaminó la Sala Político Administrativa del Máximo Tribunal del país con ponencia del magistrado Levis Ignacio Zerpa.

 

En el presente caso Lucina Armas Bolívar interpuso un recurso de nulidad contra el acto administrativo sin número de fecha 6 de agosto de 2007, dictado por el Director de Determinación de Responsabilidades Administrativas de la Contraloría General de la República, actuando por delegación del Contralor General de la República, que declaró su responsabilidad administrativa y  le impuso la referida sanción.

 

La sanción se originó por la existencia de irregularidades ocurridas en la Gobernación del estado Aragua durante el año 1999, con ocasión de la cancelación de compromisos de publicidad y propaganda de mensajes vinculados con actividades de distintos partidos políticos y obituarios, sin estar creada la partida en el Plan Único de Cuentas, vigente para el momento de ocurrencia de los hechos; así como la certificación indebida de órdenes de servicios y de pago, vinculados a los referidos compromisos.

 

Señala la sentencia del Alto Tribunal del país, entre otros aspectos, que el derecho a la defensa y al debido proceso de Lucina Armas no fueron vulnerados ya que se le notificaron los distintos actos del proceso, estuvo en conocimiento de los hechos investigados; igualmente, fue oída, pudo presentar los alegatos en su defensa, tuvo acceso al expediente, obtuvo copias de las actas, se le informaron los recursos y medios de defensa que podía utilizar, por lo que fue declarado sin lugar el recurso de nulidad interpuesto y firme la sanción contra la referida ciudadana.

Fecha de Publicación:
  07/04/2011

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