lunes, 11 de abril de 2011
Sala Político Administrativa del Máximo Tribunal dictaminó
Admitido recurso contra el Distrito Metropolitano de Caracas
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La Sala Político Administrativa en ponencia de su vicepresidenta, magistrada Yolanda Jaimes Guerrero, admitió el recurso de abstención o carencia introducido por el Síndico Procurador del municipio Baruta del estado Bolivariano de Miranda, contra el Distrito Metropolitano de Caracas.

 

Alegó la parte solicitante que no ha sido respondido el status de la obra de estabilización que ejecuta el mencionado Distrito y la información contable sobre los cuatro mil millones de bolívares que serían entregados al ente territorial, para selección de contratistas que realizarían las labores de prevención, corrección y estabilización definitiva de los taludes en la avenida principal del sector Santa Inés del municipio Baruta; donde  resultaron afectadas once viviendas por un deslizamiento ocurrido en el año 2005.

 

Para conocer la causa y decidir  sobre la admisión de la demanda interpuesta ante la Sala Político Administrativa del TSJ, se remitió a Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en sus artículos 65 al 75 donde se establecen los procedimientos relacionados con los reclamos por la omisión, demora o deficiencia de prestación de los servicios públicos, vías de hecho y abstención, cuando no tengan contenido patrimonial o indemnizatorio.

 

Luego de revisar las causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y no encontrarlas presentes en este caso, la Sala del Máximo Tribunal procedió a su admisión.

 

En base a lo anterior, la Sala ordenó citar al Alcalde Metropolitano, para requerirle información sobre la causa de la abstención manifestada por los demandantes del juicio; y de igual manera, dictaminó la notificación ante el Ministerio Público y los representantes de los Consejos Comunales de la urbanización Santa Inés.

Fecha de Publicación:
  11/04/2011

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