jueves, 14 de abril de 2011
El recurso lo interpuso Eduin Pirela Parra, alcalde del municipio Lagunillas del Zulia
Admitida acción de interpretación del artículo 87 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal
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          El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa, admitió el recurso de interpretación del artículo 87 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal interpuesto por la representación judicial de Eduin Pirela Parra, alcalde del municipio Lagunillas del estado Zulia.

           El objeto del recurso pretende, según el fallo de admisibilidad, "aclarar la duda razonable que exhibe la norma sobre el procedimiento aplicable para proceder a implementar la conformación de la junta médica, cuando se pretende declarar la incapacidad física o mental permanente, certificada por una junta médica, ya que reglamentos delegados no están consagrados en el ordenamiento jurídico venezolano".

           Así, una vez revisadas las causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y como quiera que no se encuentran presentes en este asunto, el Juzgado de Sustanciación admitió el recurso de interpretación.

           En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 de la referida ley, el Juzgado ordenó notificar a las ciudadanas Procuradora General de la República y Fiscal General de la República, y al ciudadano presidente de la Asamblea Nacional, remitiéndoles copias certificadas de la solicitud, de la documentación acompañada a ésta y de la presente decisión.

           Además, como la presente causa se refiere a la interpretación del artículo citado, y que la decisión que recaiga en ella podría afectar la esfera jurídica de un grupo de personas indeterminado, el Juzgado estimó que, debe librarse el cartel señalado en el artículo 80 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, al día de despacho siguiente a aquél en que conste en autos las notificaciones ordenadas, el cual deberá ser publicado en el diario "Últimas Noticias".

             Finalmente, se dejó establecido que una vez que consten en autos las notificaciones ordenadas y el cartel publicado se remitirá a la Sala el presente expediente a fin de que se fije la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. 

Fecha de Publicación:
  14/04/2011

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