viernes, 15 de abril de 2011
Dictamen de la Sala de Casación Social
Tribunal Supremo declara perecido recurso en un juicio contra Toyota de Venezuela
Ver Sentencia

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Casación Social y ponencia de la magistrada Carmen Elvigia Porras de Roa, declaró perecido el recurso de casación anunciado por el ciudadano Iván José González Bello, contra una sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre.

 

Este caso se refiere a un juicio por enfermedad profesional seguido por Iván González Bello, contra la sociedad mercantil Toyota de Venezuela, C.A., en el cual el referido Juzgado Superior del Trabajo, con sede en Cumaná, el 26 de enero de 2011, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por ambas partes.

 

La apelación fue intentada contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la mencionada Circunscripción Judicial, la cual declaró parcialmente con lugar la demanda intentada por Iván José González.

 

Contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, tanto Iván González como Toyota de Venezuela anunciaron recurso de casación.

 

Pronunciamiento del TSJ

 

Recordó la Sala del Máximo Juzgado del país que  la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en su artículo 171, establece un lapso de 20 días consecutivos para formalizar el recurso de casación, y consagra como sanción a la inobservancia por parte del formalizante de dicho lapso, el perecimiento del recurso.

 

Agrega la sentencia que se dejará correr además el término de la distancia correspondiente si la sede del Tribunal que dictó la decisión impugnada no se encuentra en la capital de la República y se computará a partir del día siguiente del vencimiento del término de 5 días que se otorgan para el anuncio del recurso.

 

Constató la Sala de Casación Social que en el presente caso el lapso para formalizar el recurso comenzó a correr el día siguiente a los 5 días que se dan su anuncio, es decir, el 3 de febrero del año 2011 y venció el día veintisiete 27 del mismo mes.

 

Como hasta la fecha Iván José González Bello no consignó el correspondiente escrito de formalización, atendiendo a lo establecido en el penúltimo aparte del mencionado artículo 171 de la Ley adjetiva Laboral, "se declara perecido el recurso de casación anunciado", dictaminó la sentencia.

Fecha de Publicación:
  15/04/2011

Pagina Web:
  

Correo Electrónico
  

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)