martes, 26 de abril de 2011
Se intentó robar a una ciudadana que salía de su residencia
Ratificada condena en un caso de robo agravado en grado de tentativa
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Con ponencia de su presidenta, magistrada Ninoska Queipo Briceño, la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), desestimó por manifiestamente infundado el recurso de casación presentado por la defensa del ciudadano Carlos Luis Paz Durán, contra la decisión dictada el 25 de agosto de 2010 por la Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en consecuencia se mantiene firme la sentencia condenatoria en el presente caso.

 

            Los hechos que originaron el juicio ocurrieron el 19 de agosto de 2009, cuando una ciudadana se disponía a salir de su residencia, pero fue abordada por Alexander Bracho, quien la amenazó con un arma de fuego; detrás de Bracho se encontraba Carlos Paz y un tercer sujeto.

 

Los individuos trataron de someterla para ingresarla a su residencia, pero la víctima al oponer resistencia fue golpeada y en el forcejeo el acusado Alexander Bracho en su nerviosismo accionó el arma que portaba y huyeron del lugar, siendo detenidos por una comisión policial.

           

Por los referidos hechos el Tribunal (Mixto) Quinto en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, condenó a los acusados Carlos Paz Durán y Alexander Jesús Bracho, a cumplir la pena de 6 años y 9 meses de prisión, más las accesorias de ley, por el delito de robo agravado en grado de tentativa.

 

El dictamen anterior fue apelado por la defensa de ambos acusados, pero la Sala Dos de la Corte de Apelaciones declaró sin lugar los recursos y confirmó el fallo dictado por el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.

 

La Sala del Tribunal Supremo de Justicia al pronunciarse sobre el recurso de casación presentado por la defensa de Carlos Paz Durán, indicó en su sentencia que no cumplió la parte solicitante con los requisitos establecidos en el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que desestimó por manifiestamente infundado el recurso de casación.

Fecha de Publicación:
  26/04/2011

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