lunes, 09 de mayo de 2011
Dictamen de la Sala de Casación Social
TSJ declaró inadmisible un recurso interpuesto por la Compañía Brahma Venezuela, S.A.
Ver Sentencia

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en ponencia de la magistrada Carmen Elvigia Porras De Roa, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la sociedad mercantil Compañía Brahma Venezuela, S.A., contra una sentencia del Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

 

El presente caso se refiere al juicio por calificación de despido que sigue el ciudadano Francisco José Urribarri Díaz, contra la Compañía Brahma Venezuela, S.A., en el que el Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 25 de febrero de 2011, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada.

 

Con la decisión de la Corte de Apelaciones, quedó confirmada la sentencia dictada el 18 de noviembre de 2010, por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, que declaró con lugar la solicitud de calificación de despido.

 

             El TSJ, al estudiar el recurso presentado por Brahma Venezuela, S.A., indicó que "la decisión sujeta a revisión se encuentra ajustada a derecho, sin revelarse violación alguna de normas de orden público; en consecuencia, es innecesario desplegar la actividad jurisdiccional de la Sala para ejercer el control de la legalidad de la sentencia impugnada. Tal declaratoria resulta cónsona con lo establecido en el citado artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, toda vez que la potestad revisora conferida a esta Sala se ejerce de forma discrecional y excepcional".

Fecha de Publicación:
  09/05/2011

Pagina Web:
  

Correo Electrónico
  

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)