jueves, 09 de junio de 2011
En Sala Político Administrativa
Declarado con lugar recurso de nulidad contra acto emitido por la Comisión Judicial del TSJ
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La Sala Político Administrativa en ponencia del magistrado Emiro García Rosas declaró con lugar el recurso de nulidad interpuesto por Germán Landines Tellería contra el acto administrativo de fecha 01 de marzo de 2005, emitido por la Comisión Judicial del TSJ, que declaró sin lugar el recurso de reconsideración iniciado contra la decisión de fecha 29 de noviembre de 2004, mediante la cual se acordó dejar sin efecto su designación como Juez Provisorio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes. La presidenta de la Sala, magistrada Evelyn Marrero Ortíz consignó voto concurrente.

Con la decisión del Máximo Tribunal, se anuló el acto impugnado y se ordenó a la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia la restitución en el cargo de Juez en el Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, o en otro Juzgado de igual categoría de esa misma Circunscripción Judicial.

Igualmente se ordenó la evaluación de Germán Landines durante el período completo en el ejercicio de la judicatura, así como su inclusión, previa solicitud, en los futuros concursos de oposición y eliminar el acto administrativo mediante el cual se dejó sin efecto su designación, del expediente que reposa en sus archivos y anexar copia certificada de la presente decisión al expediente administrativo.

En el mismo orden de ideas, el TSJ ordenó a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM), eliminar de sus archivos el acto administrativo mediante el cual se dejó sin efecto la designación de Germán Landines como Juez Provisorio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes y anexar copia certificada de esta decisión al expediente administrativo.

Asimismo se ordenó el pago de una indemnización equivalente a los sueldos básicos dejados de percibir a partir de la fecha del acto impugnado, hasta la publicación del presente fallo.

 

Planteó Landines Tellería que en el presente caso, la Comisión Judicial dejó sin efecto su designación como Juez Provisorio de Primera Instancia del referido Circuito Judicial Penal, "en razón del bajo rendimiento de su función como Juez de  Juicio",  acto que fue ratificado el 01 de marzo de 2005.

 

Señala la Sala del TSJ, entre otras cosas, que la Comisión Judicial erró al considerar a Landines como un Juez Provisorio, ignorando su nombramiento inicial de Juez Itinerante en el que gozaba de estabilidad hasta tanto se realizara el concurso de oposición, y que por ser juez de carrera, sólo podía ser separado del Poder Judicial mediante la sustanciación de un procedimiento disciplinario. "A esta conclusión arriba la Sala luego de calificarlo como Juez Itinerante Permanente, categoría suya que había logrado en los hechos al permanecer largo tiempo en ese desempeño".

 

Agrega la Sala que, de haber detectado la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia que el juez había cometido la falta disciplinaria que le atribuyó, la solución jurídica para el caso era que remitiera el asunto a la Inspectoría General de Tribunales para que tramitara el correspondiente procedimiento disciplinario ante la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, respetándole sus derechos constitucionales.

 

Concluyó la Sala del TSJ que la Comisión Judicial carecía de competencia para dejar sin efecto la designación del Juez  Itinerante Permanente Germán Landines Tellería, quien ya había calificado para ese nombramiento por sus largos años de servicio.

 

Con base en todo lo expuesto, la Sala considera que el acto impugnado fue dictado por una autoridad incompetente y en consecuencia declaró su nulidad.

Fecha de Publicación:
  09/06/2011

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