lunes, 13 de junio de 2011
Magistrada Evelyn Marrero Ortíz:
La Jurisdicción Contencioso Administrativa viene a ser la piedra angular del nuevo Estado constitucional

            La presidenta de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), magistrada Evelyn Marrero Ortíz, calificó fausto el día de hoy a propósito del inicio de las jornadas de trabajo sobre la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (Lojca), en compañía de los magistrados y magistradas de las distintas Salas del TSJ, más de 40 consejos comunales, jueces y juezas del país, invitados especiales y público en general.

            La magistrada Evelyn Marrero Ortíz, en sus palabras de apertura señaló que es innegable que el desarrollo de la jurisdicción contencioso administrativa responde a la dinámica de un proceso evolutivo, "así lo hemos aprendido a través del estudio comparativo de algunos de estos procesos desde sus inicios en Francia y desde nuestra experiencia acá en Venezuela".

            En ese mismo orden de idea, la Magistrada explicó que a pesar de la larga espera de una Ley propia de ese ámbito de competencia que desarrollara todos los predicados expresamente mencionados desde la Constitución del 61, "los grandes temas del contencioso administrativo fueron objeto de un trayecto jurisprudencial definido y consistente que fueron revelando paulatinamente toda la potencia de sus contenidos referidos como estaban al control jurisdiccional de los poderes públicos".

            Al tiempo la Magistrada indicó que fue a partir de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), aprobada durante el referendo del pueblo en diciembre de 1999; "momento en el cual se pone al servicio de todos los ciudadanos del país un nuevo proyecto de convivencia democrática que intenta rescatar esencias del pueblo venezolano en todos sus niveles de vida incluyendo la revisión y refundación de muchas de sus instituciones políticas y jurídicas", dijo.

            Ahora, detalla la magistrada Marrero, que la jurisdicción contencioso administrativa viene  a ser la piedra angular del nuevo Estado constitucional, "y es precisamente el contencioso administrativo una de las constituciones jurídicas en las que el advenimiento de los tiempos nuevos impuso la reflexión profunda y en consecuencia la adecuación jurídica de las relaciones entre el Estado y los sujetos administrados a nuestras realidades vivas propias del ser venezolano y nuestro americano".

             La gran novedad de la Lojca

             La Magistrada también recordó que la Constitución en su artículo 259 agrega a la norma "que por su fuerza de contenido fue repetida en el texto Constitucional del 61- lo referente a la competencia para conocer los reclamos derivados de la prestación de los servicios públicos, "he allí la gran novedad, esta no puede ser vista como un simple agregado, la carga política y de significados que tiene esta creación no es anodina, sino que viene a reforzar la nueva orientación de las instituciones  donde la participación del pueblo se hace protagónica y aparece como sujeto necesario en toda la vida política y jurídica de la República".

            Como fruto del proceso recorrido después de casi 50 años, la Magistrada señaló que nace la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (Lojca) con toda la potencia transformadora que desde sus normas se trasluce, "ya hemos experimentado sus innegables bondades desde nuestros estrados de la justicia y también sus debilidades, las cuales nos hemos propuesto corregir en una futura reforma que de la Ley se haga".

            En ese sentido, la presidenta de la Sala Político Administrativa, magistrada Evelyn Marrero Ortíz, expresó que a partir de hoy en compañía de los presentes, "nuevas visiones tendremos de lo que en definitiva se pueda necesitar para el perfeccionamiento del Estado social de Derecho y de Justicia desde este ámbito jurisdiccional".

            Para finalizar la magistrada Marrero Ortíz explicó que "dado que a través de los conversatorios vamos realmente a nutrirnos y a observar de cerca todo este desarrollo y confrontarlo con las vivencias que los particulares, colegas y miembros de los consejos comunales tengan de la Ley, demos sin más dilaciones a la hermosa y provechosa actividad que nos espera".

Fecha de Publicación:
  13/06/2011

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