El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a través del Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa, admitió una acción de nulidad que ejerció el ciudadano Manuel Antonio Ledezma contra el acto administrativo contenido en la Directiva General Nº MPPD-OPP-ARPLA-DIR-2010/13-05/005, de fecha 26 de abril de 2010, dictada por el Ministro del Poder Popular para la Defensa mediante la cual se establecieron las remuneraciones y beneficios socioeconómicos del personal militar de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
El Juzgado admitió la acción interpuesta luego de constatar que no se encontraban presentes las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (Lojca), y en consecuencia ordenó notificar, tal como lo indica el artículo 78 de la misma ley, a la Fiscal General y la Procuradora General de la República, así como al Ministro del Poder Popular para la Defensa, funcionario al que también se le solicitará el expediente administrativo relacionado con el juicio.
Por otra parte, dejó establecido el Juzgado de Sustanciación que una vez consten en autos las notificaciones ordenadas y la publicación del cartel de emplazamiento se remitirá a la Sala Político Administrativa el expediente a fin de que se fije la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio, conforme a lo dispuesto en el artículo 82 de la Lojca. |