La Sala de Casación Social en ponencia de la magistrada Carmen Elvigia Porras De Roa, declaró inadmisible un recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil Exxon Mobil de Venezuela, S.A., contra una sentencia dictada por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
El presente caso se refiere a un juicio por accidente de trabajo seguido por Marcos Fernández, contra Exxon Mobil de Venezuela, S.A., en el que el mencionado Juzgado Superior del Trabajo, el 27 de abril de 2011, declaró con lugar la apelación presentada por el mencionado ciudadano y revocó una sentencia del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del mismo Circuito Judicial del Trabajo, que declaró desistida la demanda debido a la incomparecencia de Fernández a la audiencia de juicio y ordenó fijar nueva oportunidad para la celebración de la misma.
Contra la sentencia del referido Juzgado Superior del Trabajo la representación judicial de Exxon Mobil de Venezuela, S.A. anunció y formalizó recurso de casación que al ser estudiado por la Sala del Máximo Tribunal del país constató que el mismo fue presentado contra un fallo que ordenó fijar nueva oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio en virtud de que el demandante demostró la causa justificada de su incomparecencia.
Al respecto indica la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que "dicha sentencia participa de la naturaleza procesal de una sentencia interlocutoria de reposición que no pone fin al proceso, por lo que no es recurrible en casación de forma inmediata, en consecuencia, deviene la inadmisibilidad del recurso de casación ejercido por la parte demandada." |