miércoles, 24 de agosto de 2011
Ponencia de la magistrada Ninoska Queipo Briceño
Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela declara procedente solicitud de extradición de un ciudadano colombiano
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El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de la República Bolivariana de Venezuela, a través de su Sala de Casación Penal declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad colombiana, Alfonso Rafael Lindo Olivares, al Gobierno de la República de Colombia, por la presunta comisión del delito de homicidio calificado en perjuicio de una adolescente.

 

Los hechos que originaron el caso ocurrieron el año 2010 cuando Josefa Antonia Pérez denunció la desaparición de su hija de 13 años de edad, por lo que se comisionó al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística (Cicpc), Sub-Delegación Maracaibo para atender el presente caso. El 30 de diciembre de ese mismo año se recibió información del hallazgo de un cadáver enterrado en el patio de una vivienda ubicada en el barrio la Trinitaria, parroquia Francisco Eugenio Bustamante, municipio Maracaibo del estado Zulia, que resultó ser el de la adolescente desaparecida.

 

En vista de lo sucedido el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, el 7 de abril de 2011, decretó medida judicial preventiva de libertad contra Alfonso Lindo Olivares, por la presunta comisión del delito de homicidio calificado, medida de coerción personal que se encuentra vigente y no se ha podido ejecutar porque dicho ciudadano no se encuentra en Venezuela sino detenido preventivamente en territorio colombiano.

 

Luego de estudiar el caso la Sala del Máximo Juzgado venezolano, de conformidad con lo establecido en el artículo 392 del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 29 numeral 1 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, consideró procedente solicitar al Gobierno de la República de Colombia la extradición activa del mencionado ciudadano, al existir razones suficientes de hecho y de Derecho para su enjuiciamiento en territorio venezolano por el delito señalado.

 

Finalmente el TSJ ordenó remitir al Poder Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, una copia certificada de esta decisión y de las actuaciones que cursan en el expediente.

Fecha de Publicación:
  24/08/2011

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