jueves, 10 de noviembre de 2011
Expresó Dr. José Leonardo Requena
El Derecho no provoca el cambio lo recibe y se adapta a el

Con el tema de Bioética denominado en el país como Derecho en Acción, poco común pero que de igual manera inmerso en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Secretario de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia TSJ, Dr. José Leonardo Requena, hizo su intervención en el Congreso Internacional "10° Aniversario de la Sala Constitucional", desarrollado en la sede del TSJ.

"El propósito de mi presentación fue exponer un conjunto de sentencias emitidas por la Sala Constitucional del TSJ, desde la perspectiva de un Derecho de acción, es decir; un Derecho vivo en la sociedad contemporánea y atento a las hondas transformaciones que la afectan, las sentencias mencionadas son el resultado del análisis de una serie de casos bioéticos y de transcendencia social, dictaminadas con una visión integradora con una nueva forma de juridicidad a favor de una fructífera complementación entre el Derecho, la Bioética y los derechos personalísimos del ser humano", expresó el especialista en materia Constitucional.

El Secretario de la mencionada Sala, indicó que la Bioética es la respuesta que pretende conducir el uso y la aplicación de los avances científicos-tecnológicos, para servir al progreso de la humanidad, para lograrlo se establecen algunos principios que se encuentran señalados en nuestra Constitución, como lo son el de No Maleficiencia y Beneficiencia; el de Autonomía y el de Justicia.

 "Estos principios no son suficientes para resolver la diversidad de casos difíciles que pueden surgir de la Bioética, ya que existen otras circunstancias que conllevan a la formación de nuevos principios que necesitan ser concretados en forma de reglas para saber hasta dónde llega el riesgo para una persona y el beneficio para otra", mencionó Requena. Asimismo reiteró el llamado a la reflexión profunda y la respuesta idónea del Derecho ante la amenaza que vive el ser humano por el actual desarrollo biotecnológico.  

Afirmó que el Derecho no consiste únicamente en reglas, sino también en principios que forman objetivos, metas, propósitos sociales, económicos y políticos, o bien pueden establecer  exigencias de justicia, equidad y moral; "el hecho que las Constituciones, Códigos o Leyes constituyen las normas, no evita que se planteen casos que los tribunales no puedan resolver aplicando una regla específica, sino que deban recurrir a efectuar una ponderación entre principios, por ende el método que utilizan los tribunales para los casos bioéticos es mediante el paso de la construcción de una taxonomía o la elaboración de una serie de reglas de prioridad que son la jerarquización de los principios", puntualizó.   

El Dr. Requena durante su ponencia hizo alusión a varias sentencias dictadas por la Sala Constitucional del TSJ venezolano, donde se abordan casos sobre el trasplante de córneas de los cadáveres previa autorización de sus familiares; la dotación de medicamentos necesarios por parte del IVSS para los pacientes diagnosticados de Sida; la no discriminación de un individuo  en razón de su orientación sexual; la orden a una institución médica de practicar una fecundación in vitro a la parte demandante pese al fallecimiento de su cónyuge; entre otros temas de gran importancia que repercuten en la sociedad venezolana.

 El Dr. Requena expresó que es difícil que el Derecho pueda regular todos los problemas, sin embargo en Venezuela a través de la Sala Constitucional y nuestra Carta Magna se han marcado los normativas necesarias para regular este tipo de situaciones, denominados Derechos Humanos de Tercera Generación, los cuales abarcan el derecho al desarrollo, progreso, calidad de vida, protección frente a la manipulación genética, medio ambiente, libertad informática, protección del patrimonio cultural e histórico, entre otros.

Fecha de Publicación:
  10/11/2011

Pagina Web:
  

Correo Electrónico
  

Fotos
Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)