miércoles, 16 de noviembre de 2011
Aseguró la directora general de la Fundación Juan Vives Suría
Venezuela es uno de los países con la legislación más progresista en materia de Derechos Humanos de los niños, niñas y adolescentes

En el marco del "8vo Foro Derechos de la Infancia y de la Adolescencia"  que se lleva a cabo en el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), la Dra. Wendy Torres, directora general de la Fundación Juan Vives Suría y Escuela de Derechos Humanos de la Defensoría del  Pueblo, agradeció al magistrado Juan Rafael  Perdomo,  coordinador de la Comisión para la Reforma e Implantación de la Lopnna por llevar adelante esta gran labor que a diario se materializa. 

            Torres, en su ponencia "La demanda o el proceso de las personas obligadas subsidiarias en manutención", hizo énfasis en el  artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Lopnna), el cual ratifica los términos y obligación de la manutención y todo lo que comprende  a alimentación, educación, cultura, asistencia, atención médica y recreación requeridos por el niño, niña y adolescente.

Aseguró, que este artículo es sumamente amplio y toca los ámbitos de la vida cotidiana de los infantes, por lo que indicó que todos los ciudadanos deben  cumplir de manera correcta este artículo de la Ley, en especial los padres, madres, representantes o responsables que hayan sido obligados por Ley o sentencia a ser subsidiarios.

            Asimismo, Torres indicó que el artículo 368 señala que en caso de que los padres hayan fallecido, no tengan las posibilidades económicas suficientes para mantener al niño, niña o adolescente o se encuentren impedidos para realizar la manutención, esta responsabilidad recae en los hermanos mayores del respectivo niño, los ascendentes por orden de proximidad, los parientes colaterales hasta el tercer grado o sobre la persona a la cual le fue otorgada la responsabilidad de crianza.

            Para  Wendy Torres, el asignar a otras personas la responsabilidad de manutención de un niño no es quitarles la responsabilidad a los padres, sino ayudar a éstos cuando no pueden cumplir con las demandas de manutención.   

            Durante su presentación, Torres propuso el cambio de nombre de obligación subsidiaria por el de obligación solidaria. Todo esto en garantía de la prioridad absoluta y el interés superior de los niños. 

            Igualmente dijo que estos espacios permiten plantear nuevas ideas que contribuyen a la garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.  

            Torres afirmó que hoy en día en Venezuela los casos por obligación subsidiarias de  manutención son pocos en comparación a otras solicitudes, por lo que indicó que una de las causas podría ser la creación de las leyes que brindan nuevas herramientas de acceso a la justicia, y en cierta manera esto disminuye una tendencia de violación de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

            Para culminar su presentación, Torres dijo que Venezuela es uno de los países del mundo con la legislación más progresista en materia de Derechos Humanos de los niños, niñas y adolescentes, pero sin embargo; hizo un llamado a la consciencia colectiva a asumir ese principio de corresponsabilidad y esa trilogía familia, Estado y sociedad para la garantía de los Derechos Humanos.
Fecha de Publicación:
  16/11/2011

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