viernes, 18 de noviembre de 2011
Nuevo Registro Civil permite facilitar el ejercicio del derecho de los niños, niñas y adolescentes

            Continuando con los ciclos de ponencias del 8vo Foro, el rector incorporado a la Comisión de Registro Civil y Electoral, Andrés Brito y el director de la Oficina Nacional de Registro Civil del Consejo Nacional Electoral (CNE), Alejandro Herrera, iniciaron su presentación informando sobre los avances en el Registro Civil así como el derecho a la identidad de los niños, niñas y adolescentes.

            El director de la Oficina Nacional de Registro Civil indicó que es atribución del Poder Electoral mantener, organizar, dirigir y sistematizar el Registro Civil y Electoral de la Nación. Asimismo, aseguró que esta opción Constitucional es similar a las de los países de Bolivia, República Dominicana, Panamá, Colombia, Costa Rica y Perú.

            Con respecto a la República Bolivariana Venezuela indicó que estas opciones responden a la clara consciencia de los Constituyentes de que el  Registro Civil es un logro imprescindible para garantizar a los ciudadanos sin exclusiones, ni distingo de ninguna clase la participación real y efectiva en la vida social y política de la Patria.

            Brito aseguró, que la Constitución venezolana con precedentes en la Convención sobre los Derechos del Niño reconoció en su artículo 56 el derecho a la identidad biológica y la inscripción gratuita al Registro Civil, así como el tener derecho a un nombre propio, al apellido del padre y de la madre, al igual que conocer la identidad de los mismos. Por lo que manifestó, que todo niño tendrá derecho a ser inscrito en el Registro Civil después de su nacimiento y obtener documentos públicos que comprueben su identidad biológica de conformidad con la ley.

            A su juicio, el nuevo modelo de Registro Civil que está tratando de implantar la Ley Orgánica de Registro Civiles, es un modelo cónsono con el atributo de su organización política  como un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia. Para él, la ruptura con el anterior modelo civilista supone la confirmación de que el modelo del Código Civil producto de los movimientos políticos del siglo XIX no se ajustan a la nueva sociedad con carácter político y protagónico del  siglo XX. 

            Para Brito, el nuevo Registro Civil es un modelo con base que permite facilitar el ejercicio del derecho de los niños, niñas y adolescentes a la inscripción gratuita e identidad biológica. Todo esto en pro de seguir mejorando los trabajos de políticas públicas implementadas por el CNE.      

            Asimismo, afirmó que una característica distinta al modelo anterior, es que con éste se busca implantar un Registro Civil completo, público y centralizado desde el punto de vista informático. En este sentido, los datos serán centralizados y toda la información relativa a una persona descanse en un mismo archivo, y así romper con los principios básicos del Registro tradicional que organiza el registro por secciones (nacimiento, matrimonio, defunción, entre otros).

            Por otro lado, Alejandro Herrera señaló, que la puerta de entrada al sistema de protección integral de los niños, niñas y adolescentes debe ser la inscripción al nacer en el Registro Civil. Todo esto con la finalidad de reconocer el derecho a la identidad de las personas.

            Asimismo, indicó que con la promulgación de la Ley Orgánica de Registro Civil y a través de las acciones y medidas que  emprende el Consejo Nacional Electoral como órgano rector en la materia,  propenden a lo que se denomina el Registro Universal  de Nacimientos, que no es más que garantizar que todos los niños y niñas que nacen en la República Bolivariana de Venezuela tengan la oportunidad de ser inscritos en este registro y así otorgarles el reconocimiento por parte del Estado y su identidad como personas.  

            Con este nuevo modelo se van a eliminar los niveles de sub registros, se va a ampliar la cobertura registral y se van a facilitar los procesos de trámites y requisitos del registro con la finalidad de un cambio de  concepción política y social que extrae al Registro Civil del campo de lo privado y lo incluye dentro de las materias del Derecho público.
Fecha de Publicación:
  18/11/2011

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