La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del magistrado Héctor Coronado declaró desestimado por inadmisibilidad el recurso de casación propuesto por la abogada América Rendón Mata, en su carácter de co-demanda en la demanda civil interpuesta por los abogados judiciales de Gloria Martín Gómez.
En el presente caso, el 16 de agosto de 2010 el Juzgado Décimo en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, declaró inadmisible la demanda civil interpuesta en contra de América Rendón Mata y otros.
Observó la Sala que la sentencia de la Corte de Apelaciones no es impugnable mediante el recurso de casación, toda vez que no se encuentra entre las decisiones que taxativamente establece el artículo 459 del mencionado código.
No obstante, advirtió la Sala que en la presente causa se evidenció que la Corte de Apelaciones erró al admitir el recurso de apelación propuesto en contra de la sentencia de juicio que declaró la inadmisibilidad de la demanda civil, puesto que, la decisión apelada no está sujeta a recurso alguno, tal como lo establece el artículo 430 del Código Orgánico Procesal Penal.
Asimismo, planteó la Sala que dicha decisión es irrecurrible por tratarse de una sentencia resolutoria de un procedimiento ejecutivo, breve, que tiene como fin declarar la certeza y la titularidad del derecho a ejecutar el cobro por daños o perjuicios, siendo el único medio que tiene el demandado para oponerse a la decisión prevista en el artículo 426, es la objeción prevista en el artículo 427, que da lugar a una audiencia de conciliación, es por lo que se insta a la Sala N°5 de la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas, en lo sucesivo, a no incurran en el vicio antes expuesto. |