jueves, 26 de enero de 2012
Admiten demanda interpuesta por una aseguradora contra decisión del Ministerio de Planificación y Finanzas
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El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de nulidad que interpuso la sociedad mercantil Multinacional de Seguros, C.A. contra una Resolución dictada por el Ministro del Poder Popular de Planificación y Finanzas, mediante la cual se declaró inadmisible por extemporáneo el recurso jerárquico intentado contra la Providencia Administrativa dictada por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, mediante la cual esta última impuso multa a la empresa demandante por haber incurrido en el supuesto retardo en el cumplimiento de sus obligaciones estipuladas en el artículo 175 de la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros, vigente para el momento en que fue impuesta la sanción.

El Juzgado procedió a admitir la acción una vez verificó que en la misma no se encontraban presentes las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (Lojca), y en consecuencia ordenó notificar a la Fiscal General de la República, al Procurador General de la República y al Ministro del Poder Popular de Planificación y Finanzas.

También ordenó la notificación a la ciudadana Ana Aular, en su condición de denunciante en el procedimiento administrativo que dio origen a la acción de nulidad, de conformidad a lo estipulado en el numeral 3 del artículo 78 de la Lojca.

Por otra parte, el Juzgado dejó establecido en el dictamen que una vez consten en autos las notificaciones ordenadas remitirá a la Sala el expediente de manera que sea fijada la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio, y acordó solicitar al Ministro del Poder Popular para Planificación y Finanzas el expediente administrativo relacionado con la causa.

Fecha de Publicación:
  26/01/2012

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