lunes, 06 de febrero de 2012
Admiten demanda por ejecución de fianzas contra una aseguradora
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El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admitió la demanda por ejecución de fianzas de anticipo y fiel cumplimiento que interpusieran el Instituto Autónomo de Infraestructura del estado Vargas (Infravargas) y la Procuraduría General del estado Vargas contra las sociedades mercantiles Todo Acerca de Edificaciones (Taeca), C.A. y Seguros Banvalor, C.A., esta última en su carácter de fiadora solidaria y principal pagadora de la primera.

La admisión de la solicitud se produjo una vez que se verificó que ésta no presentó las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (Lojca).

Por consiguiente, en el dictamen se ordenó emplazar a la empresa Taeca, en la persona de su representante legal o cualquiera de sus apoderados, y en virtud de la liquidación de Seguros Banvalor C.A. a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, para que comparezcan ante el Juzgado para la audiencia preliminar, la cual se fijará una vez consten en autos las citaciones practicadas.

Asimismo, se dejó establecido que de conformidad al artículo 61 de la Lojca la contestación de la demanda deberá realizarse por escrito dentro de los 10 días de despacho siguientes a la celebración de la audiencia preliminar.

En lo referente a la solicitud de medida cautelar el Juzgado ordenó abrir el respectivo cuaderno separado, por cuanto de acuerdo a la norma no le corresponde pronunciarse sobre su procedencia.

Fecha de Publicación:
  06/02/2012

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